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HEMEROTECA » |
H. GARCÍA VALENCIA
La sala segunda de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia considera que la Demarcación de Costas (Ministerio de Medio Ambiente) no es competente para poner multas por incumplimiento de la ley de Costas. La sentencia que anula la sanción de 21.000 euros que Costas impuso al Ayuntamiento de Valencia por la publicidad en un evento deportivo celebrado en 2005 en la playa de la Malva-rosa lo deja claro. Los magistrados recurren a la jurisprudencia del Constitucional y del Supremo y fallan que la potestad sancionadora por infracciones cometidas en dominio público marítimo-terres?tre es de la comunidad autónoma. "El Estado debió limitarse a poner los hechos en conocimiento de la Comunidad para que los persiguiese", destaca el fallo.
El ayuntamiento y Costas mantienen un pulso desde hace años por los patrocinios en distintos soportes (publicidad, según Costas) en los eventos deportivos de playas. Además del coste económico, las sanciones de Costas han influido de forma decisiva en la pérdida de las banderas azules de la Malva-rosa y el Cabanyal, según admitió a este diario el propio presidente de la Adeac, José Ramón Moro, la organización que concede el distintivo. Ahora el ayuntamiento ha reclamado que se devuelva la bandera retirada este año a la Malva-rosa.
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