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REGINA LAGUNA VALENCIA
La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un conductor y a su aseguradora a pagar el servicio doméstico que tuvo que contratar durante siete meses una mujer que resultó herida en un accidente, a causa de las lesiones sufridas que le impedían realizar sus ocupaciones habituales. El coste de la empleada de hogar que tuvo que ser contratada asciende a 4.157,34 euros.
En un principio, el juzgado de instrucción número 14 de Valencia había condenado al conductor y a su compañía aseguradora a pagar estos servicios tan sólo en 2.698,49 euros, pero la lesionada recurrió ante la Audiencia, que ha estimado su petición de que se le abone este servicio en su totalidad, durante los siete meses en que no pudo valerse por sí misma.
Así, la sentencia declara al conductor Juan Carlos S. T. como autor de una falta leve por el accidente ocurrido el 29 de noviembre de 2007, cuando atropelló a L. G. F. en la confluencia de las calles Isla Cabrera con Ausiàs March. El hombre hizo marcha atrás sin percatarse de la presencia del peatón, causándole unas lesiones que tardaron en curar siete meses.
El conductor tuvo que indemnizar a la herida en 9.920 euros por las lesiones sufridas, 942 euros por el material de ortopedia, así como 2.698 euros por gastos satisfechos a la empleada de hogar. Esta última cantidad ha sido ahora incrementada por la Audiencia Provincial de Valencia, al reconocer sus servicios durante siete meses y no los cinco meses que, en principio, ofreció pagar la aseguradora.
La mujer aportó ante el tribunal documentos que acreditaban las "sumas concretas" pagadas por el servicio doméstico "durante el tiempo que sufrió la incapacidad para sus ocupaciones habituales, como consecuencia de las lesiones padecidas por el atropello de que fue objeto".
Estas cantidades se justifican, bien mediante pago directo a la empleada de hogar que prestó sus servicios, a razón de 620 euros mensuales, o por el ingreso de cuotas a la Tesorería de la Seguridad Social.
El tribunal estima que la herida ha probado el "perjuicio económico realmente producido" y rechaza que la aseguradora se limite a pagar sólo el 50% de los gastos. Para ello, la denunciante aportó un documento con los honorarios y un listado de cuotas de Seguridad Social satisfechas por meses desde enero a julio de 2008.
El tribunal se limita a hacer una suma aritmética según los pagos realizados durante los 162 días de incapacidad determinados en el informe médico forenses.
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