El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, contra el Decreto-Ley 1/2010 del Consell valenciano relativo al barrio valenciano de El Cabanyal, cuya vigencia y aplicación queda suspendida desde la fecha de interposición del recurso, el pasado 1 de febrero, para las partes del proceso y en el día en que se publique en el BOE para terceros. No obstante, el Ayuntamiento de Valencia aseguró que "va a seguir adelante" porque el TC "no ha acordado la paralización e derribo alguno".

El pasado 7 de enero el Consell abrió un decreto de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia, en el que declaraba "expresamente" que el Plan Especial de Protección y Reforma (PEPRI) de El Cabanyal "no perjudica, daña o deteriora la protección del conjunto histórico de la cuidad contenida en el Decreto del Consell 53/1993, de 3 de mayo, por lo que se declaró Bien de Interés Cultural (BIC) al conjunto histórico de Valencia", incluido este barrio. El Decreto-Ley derogaba cualquier norma de igual o inferior rango que se oponga a lo previsto en él y, en concreto, el Decreto 57/1993.

La providencia del Tribunal Constitucional implica la "suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto-Ley impugnado, desde la fecha de interposición del recurso -1 de febrero de 2010- para las partes del proceso y desde el día en que aparezca la suspensión en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para los terceros", algo que se comunicará tanto al presidente de la Generalitat, Francisco Camps, como a la presidenta de la Corts, Milagrosa Martínez.

La decisión del TC, además, se trasladará al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al presidente de la Generalitat y a la de las Corts, con el fin de que "en el plazo de 15 días puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimaren convenientes".

"ACTO DE EXPOLIO" DEL PATRIMONIO HISTÓRICO

El Consell aprobó este decreto el pasado 7 de enero -que al día siguiente se publicó en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV)- tras la orden del Ministerio de Cultura, conocida el lunes anterior, 5 de enero, en la que declaraba como "acto de expolio" del patrimonio histórico las actuaciones derivadas del PEPRI de El Cabanyal- Canyameral. El Tribunal Supremo (TS), en una sentencia de 25 de mayo de 2009, emplazó a este departamento ministerial a pronunciarse sobre si el desarrollo del PEPRI de El Cabanyal supone o no expolio.

El Consell argumentaba en el decreto que varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y el TS avalaban la homologación del PEPRI de El Cabanyal y ponían fin al debate acerca de la alteración de parte de la estructura urbana y arquitectónica de este barrio.

Además, apuntaba que existen razones de "extraordinario y urgente necesidad que justifican la probación del presente Decreto-Ley". En este sentido, argumentaba que el PEPRI de El Cabanyal "no es un instrumento de planeamiento cualquiera, sino que es el Plan que mayor controversia jurídica, política y social ha suscitado en la historia de la Comunitat Valenciana" y cuenta con 12 sentencias de diferentes tribunales -nueve del TSJCV y tres del TS-.

Con la resolución del Gobierno valenciano, también se autorizaba "expresamente las actuaciones e intervenciones sobre la estructura urbana y arquitectónica prevista" en el PEPRI, presentado y aprobado por el equipo de gobierno de la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y ratificado por la Generalitat en 2001.

EL AYUNTAMIENTO "SEGUIRÁ ADELANTE"

El Ayuntamiento de Valencia continuará con las actuaciones previstas en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del barrio del Cabanayal fuera de la zona del mismo que no está catalogada como Bien de Interés Cultural (BIC).

Así lo ha anunciado hoy la alcaldesa de Valencia después de que el Tribunal Constitucional haya admitido a trámite el recurso que el Gobierno interpuso contra el decreto ley del Ejecutivo valenciano que permite los derribos del barrio del Cabanyal (Valencia) y haya suspendido la vigencia de la norma impugnada.

Según ha explicado en rueda de prensa, la citada decisión del Constitucional no se pronuncia sobre "el plan ni los derribos", sino que únicamente anula el citado decreto de la Generalitat, por lo que vuelve a quedar vigente la orden ministerial del pasado 4 de enero que paralizó el plan al considerarlo un expolio del patrimonio histórico.

Barberá ha manifestado que esta orden del Ministerio de Cultura sólo puede aplicarse a la zona BIC afectada por el PEPRI, que únicamente es "el 4,13" por ciento de toda la superficie del plan.

Fuera de esta zona catalogada, el Ayuntamiento es "competente para ejecutar las actuaciones previstas", ha manifestado la alcaldesa, quien ha asegurado que va a desarrollar este proyecto urbanístico "luchando todo lo que haga falta y donde sea necesario".