El punto de encuentro familiar del Ayuntamiento de Valencia cerrará entre el día 9 y el 22 de agosto por vacaciones, cuando está creado, tal y como describe el propio Consistorio en su página web, para facilitar un lugar de reunión neutral para el encuentro entre los miembros de familias en crisis, para garantizar el derecho de los menores a mantener una relación adecuada con sus padres biológicos después de la separación, divorcio o ruptura familiar.

Ayer, en los juzgados de Valencia, la discusión entre una pareja que lo utiliza habitualmente porque están en trámites de separación obligó a retrasar el inicio del juicio de después porque debían que ponerse de acuerdo en los días que cada uno iba a tener a los niños. Tenían que adecuar el régimen a las vacaciones de los trabajadores del punto de encuentro. Nadie en el juzgado daba crédito.

En los casos en que la guardia y custodia de un niño la tenga uno de los progenitores y la entrega de vacaciones esté fijada para uno de esos días tendrán que buscar un lugar alternativo, o bien delegar en terceras personas, la entrega de los menores. La pregunta que surge es de quién sería la responsabilidad si sucediera algo en un intercambio que se tiene que producir en el Punto de Encuentro de Valencia y, por el cierre por vacaciones del mismo, se tuviera que realizar en otro lugar de la ciudad.

Además, según fuentes conocedoras de los hechos, dicho punto no asiste a parejas que vienen del Juzgado de Violencia cuando hay decretada una orden de protección hasta que no tienen interpuesta la demanda civil. La respuesta que dan "las infraestructuras son insuficientes".

Los jueces, cuando una mujer denuncia un episodio de maltrato, decretan una orden de protección. Además, cuando la pareja tiene hijos también decretan unas medidas civiles provisionales (pensión y el régimen de visitas). Estas medidas tienen una vigencia de un mes, prorrogable a dos para dar tiempo a interponer la demanda civil.

Eso se traduce en que durante un período de entre 30 y 60 días, el Ayuntamiento no acepta la solicitud de las parejas. Así, al existir una orden de protección, los implicados tienen que buscar a otras personas para poder intercambiarse los niños.