El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado una demanda de ejecución de sentencia presentada por el Ayuntamiento de Valencia por considerar que lo que pretendía realmente el consistorio era "impugnar" la orden dictada por el Ministerio de Cultura que declaró expolio el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (Pepri) del barrio valenciano del Cabanyal y suspendió los derribos.

El Ayuntamiento de Valencia presentó el pasado mes de febrero de 2010 ante el TSJM un escrito promoviendo una demanda de incidente de ejecución de la sentencia de 27 de septiembre de 2004 que estimaba parcialmente el recurso interpuesto por la plataforma Salvem el Cabanyal y anulaba, en consecuencia, una resolución de 2001 de la Dirección General de Bellas Artes que avalaba las actuaciones del Pepri y, además, ordenaba retrotraer el proceso a un momento anterior para que el Ejecutivo central, tras oír a la Comunitat Valenciana, motivara su decisión.

Posteriormente, el Ministerio de Cultura procedió en 2010, en cumplimiento de aquella sentencia, a emitir una orden que consideraba expolio el plan urbanístico previsto en el Cabanyal, obligaba al Ayuntamiento a suspenderlo hasta que asegurara la protección del patrimonio histórico y requería a la Generalitat a la suspensión inmediata de todas las actuaciones administrativas relacionadas con el Pepri.

Ahora, en el nuevo auto del TSJM del 12 de enero -que ha difundido este jueves Salvem el Cabanyal- el tribunal madrileño da por ejecutada aquella sentencia por lo que rechaza los argumentos expuestos en su escrito por el Ayuntamiento que dirige Rita Barberá, que alegó, entre otras cuestiones, que no existe tutela superior del Estado en lo que respecta al patrimonio del Cabanyal y, consecuentemente, al Pepri.

Así, en primer lugar, la sección sexta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJM mantiene que "no se puede pretender algo más allá de lo que dice la sentencia, que es lo que intenta el Ayuntamiento de Valencia en este concreto supuesto, al no estar de a cuerdo con el pronunciamiento de la Orden del (Ministerio) de Cultura sobre su declaración de la existencia de un acto de expolio, pretende impugnar aquí y ahora en fase de ejecución la referida orden".

"Pero al ordenarse tan solo en la sentencia la retroacción y la motivación del expediente del Pepri por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, no se puede seguir tratando también como ejecución el examen del contenido de la orden, que habrá de ser impugnada por un proceso administrativo o judicial independiente si el Ayuntamiento de Valencia entiende que se ha excedido de sus estrictas obligaciones de motivación". "No podemos sino concluir que las pretensiones del Ayuntamiento desbordan el objeto del cauce procesal de ejecución", señala la sala.

Asimismo, apunta como "motivo sumamente relevante para rechazar la demanda del Ayuntamiento", que la propia corporación local ha interpuesto también contra la orden --"y de forma independiente y formalmente correcta"-- un recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente de la Audiencia Nacional por lo que el consistorio "podría incurrir en un ir contra sus propios actos".

Igualmente, el TSJM recalca que "no podría entrar a examinar, aunque sea en trámite de ejecución de sentencia, la legalidad o no de una orden pues su conocimiento se encuentra atribuido a la Audiencia Nacional".

El tribunal realiza asimismo otra "precisión" al Ayuntamiento, al que recuerda que la orden ministerial de la ejecución "no se pronuncia sobre la adecuación del Pepri a la legislación valenciana en materia de protección del patrimonio histórico, ni mucho menos a la normativa urbanística, sino sobre el ejercicio de una competencia constitucionalmente atribuida a la Administración del Estado".

Seguidamente, hace notar que es "evidente que no se puede convertir este incidente de ejecución de sentencia en una nueva instancia procesal como parece pretender el Ayuntamiento de Valencia".

Informes desfavorables al Pepri

Por lo demás, el tribunal recuerda que, a raíz de la sentencia, se han recabado numerosos informes sobre el plan y, aunque los provenientes del Ayuntamiento y de la junta de gobierno de los Colegios Territoriales de Arquitectos de Valencia son desvirtuadores del expolio, la mayoría --entre los que cita los aportados por la Subdirección General de Protección del Patrimonio, Real Academia de Historia, Colegio de Arquitectos de España o Museo González Martí, entre otros-- "apoyan de manera rotunda los amplios y exhaustivos informes desfavorables a la ejecución del Pepri".

En este sentido, considera que estos estudios "conforman con carácter suficiente y con independencia de sus conclusiones que no gustan al Ayuntamiento una base suficiente para entender cumplida la sentencia en su totalidad, pues solo exigía una audiencia de la Comunitat Valenciana y una motivación adecuada".

Por esta razón, el TSJM concluye su auto --contra el que cabía recurso de reposición en cinco días-- que la sentencia está ejecutada en su integridad, sin perjuicio de que se pueda impugnar en vía jurisdiccional independiente la orden del Ministerio de Cultura.

Reacción de Salvem

Tras conocer el contenido de este auto, Salvem el Cabanyal ha mostrado su satisfacción por lo que califica de "nuevo espaldarazo judicial al trabajo que realiza la Plataforma" que "reafirma la validez y el rigor de la Orden del Ministerio de Cultura en la que se declaraba que el Plan del Cabanyal produce expolio".

Salvem El Cabanyal hace "una llamada al consenso social y a que la administración local convoque una reunión a todas las partes interesadas en el desarrollo del barrio y de la ciudad de Valencia para replantear de una vez por todas el futuro de la zona".

"Sabemos --prosiguen las mismas fuentes en un comunicado-- que con el futuro del Cabanyal-Canyamelar-Cap de França nos jugamos una parte importante, muy importante, del futuro de toda la ciudad y la única forma de encontrar una rápida solución es que la Administración Municipal cuente con los vecinos, con los partidos políticos en el Ayuntamiento, otras fuerzas sociales y sindicales representativas de la ciudadanía de Valencia".

"La quiebra de las arcas valencianas aconsejan ahora más que nunca la vía de la rehabilitación, porque ésta crea puestos de trabajo de forma inmediata y movimiento económico, al contrario que la expropiación, que le cuesta dinero al Ayuntamiento y retrasa la solución", concluyen.