La Junta de Gobierno Local aprobó ayer cumplir una sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Valencia que desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento de Valencia por responsabilidad patrimonial por el incendio ocasionado por unos petardos que causó la destrucción de una vivienda durante las fallas de 2005. El ayuntamiento tendrá que pagar 45.000 euros al dueño del piso y 70.000 a la aseguradora.

Los hechos se produjeron el 19 de marzo de 2005 y el origen del incendio se situó en material pirotécnico lanzado al balcón de la vivienda por personas no identificadas. Tras haber avisado al servicio de extinción se acude a la vivienda realizando las labores correspondientes, sin embargo, debido a la deficiente extinción del fuego, el incendio se reavivó causando daños muy superiores a los iniciales. La prueba practicada desvirtúa las apreciaciones tanto del ayuntamiento como de la aseguradora demandada en cuanto a la correcta actuación del servicio de extinción, ya que el segundo incendio procedente de la reavivación del anterior tiene como causa la deficiente extinción del primero, pese a haber dado aviso el morador de la vivienda a la Policía Local de la presencia de humo sin que se adoptara medida alguna.

La concejala de EU Rosa Albert manifestó ayer al hilo de esta sentencia que es un ejemplo más de como «los ciudadanos se han visto obligados a tener que acudir a los tribunales para hacer efectivos sus derechos». EU cree que esta sentencia debe dar pie a una reflexión sobre los medios con los que cuenta la ciudad en determinadas fechas, como fallas, y que a todas luces son insuficientes.