El grupo municipal de EU mostró ayer sus cartas para frenar el nuevo plan del Cabanyal. Se trata de una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que anula parcialmente la ley de patrimonio histórico de Madrid y que crea jurisprudencia «vinculante y aplicable» a la modificación del plan de reforma (Pepri) del Cabanyal. Así lo explicaron ayer en rueda de prensa el portavoz de EU, Amadeu Sanchis, y el abogado José Luis Ramos (exletrado de Salvem el Cabanyal), que advirtieron de que harán valer ante los tribunales la doctrina del Constitucional si la Generalitat informa a favor del nuevo plan del Cabanyal invocando a la excepcionalidad de la ley de patrimonio valenciano.

La modificación del plan impulsada por Rita Barberá para adaptarse a la orden del Ministerio de Cultural de 2009 que declaró el plan y la prolongación de Blasco Ibáñez expolio del patrimonio es, a juicio de EU, ilegal porque sigue destruyendo el patrimonio. El nuevo plan prevé menos derribos y un reajuste de alineaciones pero mantiene viva la idea de la gran avenida a través del Bien de Interés Cultural del Cabanyal.

La sentencia del Constitucional declara inconstitucionales ocho artículos de la ley de patrimonio histórico de Madrid que, inspirándose en la ley valenciana, incluyó en 2013 la posibilidad de modificar los BIC con la autorización de la Comunidad de Madrid. La sentencia es fruto del recurso que presentó una plataforma en defensa del patrimonio para preservar los edificios protegidos del entorno de la Puerta del Sol.

La ley de patrimonio valenciano se modificó en 2007 y abrió la puerta, vía excepcionalidad, a la modificación estructural y arquitectónica en entornos BIC. La modificación fue considerada un traje a medida para impulsar el plan del Cabanyal y ahora la Generalitat podría esgrimirla para validar el nuevo planeamiento.

El enfrentamiento político entre el anterior Gobierno socialista y las administraciones autonómicas valencianas también llevó el plan del Cabanyal al Constitucional, si bien el Ejecutivo de Rajoy retiró en 2013 el recurso conminando al ayuntamiento y a la Generalitat a modificar el plan urbanístico para adaptarse a la orden ministerial. El nuevo plan está desde el martes y durante 45 días en exposición pública.

La sentencia del Constitucional, hecha pública el pasado 17 de julio y que ayer presentó EU, estima que en la medida que las leyes autonómicas rebajan el nivel de protección establecido en la Ley de Patrimonio estatal incurren en nulidad por invadir las competencias en materia de expolio, que la Constitución Española reserva en exclusiva al gobierno central.

El Constitucional entiende que algunos artículos de la ley de Patrimonio de Madrid rebajaban el nivel de protección establecido en la ley estatal 1985. Los recurrentes entendían que la ley estatal actúa como nivel de protección mínimo que deben respetar todas las Comunidades Autónomas y que cuando las leyes autonómicas rebajan ese nivel de protección mínimo incurren en inconstitucionalidad. El constitucional considera nulos los artículos que flexibilizan las posibilidades de intervenir en inmuebles situados en conjuntos históricos, paisajes culturales y sitios históricos de un monumento o jardín histórico con la autorización de la Comunidad de Madrid.