La Fiscalía y la defensa de Carlos Crespo, hermano del expresidente de Emarsa y exvicepresidente de la Diputación, Enrique Crespo, han solicitado hoy, como ya había adelantado Levante-EMV, contra el criterio de la Abogacía de la Generalitat y la EMSHI, que la pieza del caso Emarsa por blanqueo sea juzgada por la Audiencia Nacional.

En una vista dedicada a cuestiones previas celebrada en la sección tercera de la Audiencia Provincial, el Ministerio Público ha defendido que el supuesto delito de blanqueo se cometió fuera de España, en Andorra, motivo por el cual este órgano deja de ser competente.

En fase de instrucción se concluyó que Carlos Crespo ocultó en "lugar ignorado" en España dinero de su hermano Enrique "proveniente de hechos penalmente relevantes" entre 2004 y 2008, e incluso aquél transportó personalmente parte del dinero a Andorra en 2007.

En ese Principado abrió una cuenta junto a su hermano e ingresó, en sucesivas ocasiones, un total de 350.000 euros.

Así, el Ministerio Público ha defendido que fue en Andorra donde se cambió la titularidad del dinero y donde éste, propiedad de Enrique Crespo y obtenido de forma delictiva, regresó al tráfico mercantil.

En esta tesis ha coincidido la defensa de Crespo, que ha considerado "conjeturas" las hipótesis sobre dónde se entregó el dinero, frente al "dato inequívoco" de un "comportamiento" que tuvo lugar fuera de España.

Frente a esta posición se han pronunciado tanto el abogado de la Generalitat como la de la EMSHI, que han defendido la competencia de la Audiencia Provincial por considerar que el delito de incorporación patrimonial de los fondos que Carlos recibió de Enrique Crespo se consumó de forma progresiva en Valencia.

Así, el letrado del Consell ha considerado que "uno puede tener dinero en propiedad y en efectivo, no es como un bien inmueble, que se incorpora al patrimonio cuando se inscribe en el registro".

También la abogada de la EMSHI ha abundado en esta idea al señalar que "el dinero defraudado en Emarsa se obtuvo en España, se repartió en España y se incorporó al patrimonio en España".

Ambos han aludido a los indicios de enriquecimiento ilícito de Carlos Crespo, que adquirió inmuebles por 120.000 y 200.000 euros e ingresó grandes cantidades en efectivo cuando su máximo salario anual -que obtuvo como empleado en el Ayuntamiento de Manises que presidió su hermano Enrique- no superó los 38.000 euros.

Además, se ha referido a una de las declaraciones de Carlos Crespo, en la que explicó que, en ocasiones, entregó dinero a un comercial de la banca andorrana para reforzar la idea de que no le fue necesario viajar al Principado para "incorporar esos fondos a su patrimonio", sino que lo hizo en Valencia.

La defensa de Carlos Crespo ha cuestionado la posibilidad de que se celebre este juicio "cuando hay un delito previo pendiente", en referencia a la pieza principal de Emarsa, en la que se investiga el supuesto saqueo de al menos 23 millones de euros de la empresa pública que gestionaba la depuradora de Pinedo.

Según este letrado, la fuente única de los fondos supuestamente blanqueados es Enrique Crespo, es decir, "de un delito pendiente de enjuiciamiento".

El resto de partes se ha opuesto a esta tesis, indicando que ya se abordó esta cuestión en el momento en el que se separó esta pieza de la principal, y ha considerado indicios suficientes el "inusual" incremento patrimonial de Carlos Crespo.

El fiscal ha solicitado penas de cuatro años de prisión y 700.000 euros de multa, así como el comiso de los efectos del delito, que ascienden a 350.000 euros.

La Abogacía de la Generalitat reclama tres años de prisión y multa de 350.000 euros, y que en la vía de responsabilidad civil el acusado responda con esa misma suma.

La acusación particular, ejercida por la EMSHI (la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos, que asumió la gestión de la depuradora de Pinedo tras el cierre de Emarsa), pide tres años de prisión y multa de 700.000 euros, así como que fuera condenado a reparar a esta entidad por daños y perjuicios.

El juicio se ha señalado para el 22 de mayo, en lugar del 24 de abril -fecha inicialmente elegida- por un error de la sala, que no registró esa fecha.