La partida de «Dalt», una valiosa zona de huerta en producción urbana entre los barrios de Campanar y Benimamet, vuelve a estar amenazada. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia que ha hecho pública la Asociación de Vecinos de Campanar anula parcialmente el decreto 42/2007 de Ordenación del Parque Natura del Turia que protegía esta zona como área de influencia de nivel 1 no urbanizable dando la razón a un grupo de propietarios que reclamó que se rebajase la protección al nivel 2. Este nivel inferior deja en manos de los ayuntamiento la posibildiad de modificar el planeamiento para reclasificar el suelo.

La Asociación de Vecinos de Campanar ha reclamado en este sentido al nuevo gobierno local de Joan Ribó, que ya ha anunciado que no reclasificará más huerta, que blinden esta zona de huerta ante posibles cambios de gobierno que pudieran suponer la destrucción de la partida de Dalt.

Edificar en esta zona

La revisión del Plan General de Ordenación Urbana que impulsó el anterior gobierno del PP y que el tripartito actual ha paralizado desprotegía una parte de la partida de Dalt, que suma una superficie de huerta en producción de 700.000 m2. Con la sentencia del TSJ en la mano el ayuntamiento podría edificar en esta zona de huerta, advierten los vecinos de Campanar, que han impulsado un proyecto de protección y dinamización de esta huerta periurbana, que incluye una ruta cultural y turística, una denominación protegida para la producción hortelana y la puesta en valor de las alquerías y el patrimonio histórico.

La sentencia, que llega ocho años después de que los propietarios plantearan el recurso contencioso, llega en un momento en que «el nuevo equipo de gobierno tiene un nuevo plantamiento urbanístico» y no reclasificará más huerta. Con todo, los vecinos aseguran que «es el momento de actuar para consolidar este espacio único y librarlo definitivamente de la amenaza del ladrillo».

Varapalo a la política del Consell

La sentencia de la sección primera del TSJ, es un varapalo a las políticas ambientales del anterior Consell. El fallo, fechado en julio, que ha transcendido ahora, da la razón al medio centenar de propietarios agrícolas de Ribarroja y Valencia que se vieron afectados por la declaración en 2007 del Parque Natural del Turia. El fallo da la razón a los propietarios de la Unidad 4 del Parque Natural del Turia que alegaron que los criterios para fijar los límites del parque natural se fijaron de manera «arbitraria», en base a ortofotos y criterios pseudourbanísticos y no ambientales».

Los propietarios del suelo alegaron que sus propiedades se incluían en el parque natural, con las restricciones de uso que ello conllevaría, mientras unos metros más al norte se permitía la reclasificación.