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Polémica

La empleada afín a Compromís superó a una funcionaria local y a dos expertos en urbanismo

La comisión de valoración justificó que era la más idónea por su experiencia en sanciones en la Confederación Hidrográfica del Júcar

El proceso selectivo por la vía de la libre designación que ha acabado con el nombramiento de una funcionaria afín a Compromís como jefa del servicio de inspección municipal en el área de espacio público contó con la participación de varios aspirantes. Así, Mercedes García Manzanares, la candidata seleccionada, compitió con otros tres funcionarios: dos de ellos con amplia experiencia en urbanismo y, un tercero, con más de veinte años de experiencia en la casa. Este trabajador, adscrito a la Universidad Popular, era el único de los cuatro con plaza en el ayuntamiento.

La pertenencia a la administración local no era, sin embargo, requisito para ganar la plaza de jefatura de servicio, un puesto que cuenta con una retribución de más de 50.000 euros y que es uno de los más altos del escalafón funcionarial. Tal como informó ayer este diario, a petición de la concejalía de Espacio Público, el teniente de alcalde, Sergi Campillo, con competencias en personal, aprobó un decreto para reclasificar una de las plazas que estaban vacantes en la relación de puestos de trabajo del ayuntamiento. La modificación consistió en aumentar la categoría de la plaza ( de jefatura de sección a de servicio) y permitir que pudieran acceder a ella funcionarios de otras administraciones por el sistema de libre designación. Este cambio permitió que García Manzanares, funcionaria de carrera del Estado, pudiera aspirar a la misma. Lo intentaron también tres trabajadores más, dos de ellos, procedentes de otros ayuntamientos (Murcia y Rótova) con un currículum destacado en urbanismo, según destaca la propia comisión de valoración. Con todo, el comité evaluador considera que «de los méritos analizados y atendiendo a las funciones del puesto, se deduce que Mercedes García podría considerarse la persona idónea por su experiencia profesional en materia sancionadora».

Currículum

Según el currículum facilitado por el Ayuntamiento de València, García Manzanares, licenciada en Derecho, es funcionaria de carrera del subgrupo A1, Escala Técnica de Gestión de Organismos Públicos. Prestó servicios en la Oficina de Prestaciones de Montilla (Córdoba), en el Servicio Estatal de Empleo de esta provincia y desde 2014 estaba al frente de la jefatura de servicio del Régimen Sancionador de la Confederación Hidrográfica del Júcar.

Desde el área de Personal se subraya el hecho de que la funcionaria cumplía todos los requisitos y fue elegida por una comisión de funcionarios. En realidad, la empleada ya había sido seleccionada previamente por el propio Campillo, quien meses antes había solicitado su liberación a la Confederación Hidrográfica del Júcar para trasladarla en comisión de servicios a la nueva plaza.

Se da la circunstancia de que que la funcionaria había estado vinculada activamente a Compromís. De hecho, era representante de este partido en la Junta de distrito de Trànsit, que preside el propio Campillo, por lo que ambos se conocían. Dejó de ser vocal suplente en noviembre de 2016, es decir, cuando ya el teniente de alcalde y el concejal de Espacio Público (ambos de Compromís) la habían reclamado para el puesto de inspectora. García Manzanares está casada con el subsecretario de Educación, Josep Joan Vidal i Borràs.

Desde Compromís se defiende que es normal que las concejalías cuenten con funcionarios de confianza e insisten en que los procesos de libre designación dejan un margen de discrecionalidad a la hora de elegir.

Razones no políticas

De hecho, así consta en el informe de la comisión de valoración donde se argumenta jurídicamente sobre el sistema de libre designación. Ahora bien, el propio informe señala que la reciente doctrina jurisprudencial matiza que los casos de libre designación «no exonera del deber de motivar la decisión». Es más, debe hacerse de forma «reforzada» ya que se trata de una fórmula «excepcional», por lo que deben darse las razones que justifiquen su elección frente al mecanismo normal de concurso de méritos. Destaca también que la idoneidad y confianza del seleccionado debe responder a razones «profesionales y no políticas».

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