El Ayuntamiento de València ha desestimado la petición de un particular para ocupar un solar de dominio público municipal en el que pretendía instalar una caravana como vivienda. Los pasados 1 y 8 de junio, Gerardo Luis L. M. solicitó por registro de entrada «la posibilidad de vivir con su caravana trailer en algún solar que le permita tener un huerto para autoconsumo», tal como aparece en el expediente que abordó la Junta de Gobierno Local. El interesado indicaba, además, la zona exacta donde pretendía instalarse, una parcela de propiedad municipal sita en la calle Figuereta, frente al número 12, en el barrio de Castellar. Se da la circunstancia de que a solo unos pocos metros se encuenta un aparcamiento privado de caravanas.

En la petición al consistorio, el interesado aporta documentación de su situación personal, así como que desde la Generalitat se le ha informado de que tiene la posibilidad de solicitar una vivienda social ante la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE). Desde la Unidad de Investigación, Regularización y Recuperación se argumenta que el solar al que se refiere es de propiedad municipal y está incluido en el Inventario de Bienes Municipal, «tratándose de un espacio público destinado al uso público, por lo que su ocupación con el carácter de uso privativo solicitado está sujeta a concesión administrativa».

Además, se recuerda que la delegación de Parques y Jardines está tramitando la redacción y puesta en marcha de la Ordenanza reguladora para la gestión de Huertos Urbanos, que regulará su funcionamiento en la ciudad. En cualquier caso, se aclara que en el supuesto de que el Ayuntamiento de València «considere oportuna la realización de alguna actuación respecto al solar de que se trata, esta arbitraría mediante el otorgamiento de una concesión a través de procedimiento de concurrencia y con las condiciones que en tal momento se determinen». La ocupación de una porción de esa parcela, «limite o excluye la utilización por los demás interesados». La Junta de Gobierno Local, órgano competente para las resoluciones sobre la gestión patrimonial, desestimó la petición.