S. G., Valencia En el desarrollo urbanístico de las grandes ciudades, a veces, se entrecruzan el pasado y el futuro, los rascacielos y el labrador que cultiva su pequeño campo. Un vecino de Valencia ha llegado hasta la Audiencia Provincial para reclamar, sin éxito finalmente, que se le reconozca la titularidad de un arrendamiento histórico en terrenos de lo que será el Parque Central. Ganó en primera instancia pero la Audiencia acabó dando la razón a la sociedad de propietarios privados de este ámbito porque en 1945 el ayuntamiento expropió parte del suelo y se perdió el derecho. La huerta desaparecerá con la urbanización pero, de momento, su arrendador continúa plantando patatas.
Se trata de una finca de 16 hanegadas, con una alquería, de la partida de Malilla que la familia del demandante ha venido cultivando desde 1808. La «llibreta» aportada como prueba documental certificó que su abuelo la trabajaba en 1918 y los testigos confirmaron que «siempre ha cultiva esa tierra, y antes que él su padre, y antes el padre de su padre» .
Desde 1919 hasta 1942 las fincas estaban arrendadas a su abuelo, fallecido en 1945, y las rentas se pagaban anualmente, salvo en el periodo de la Guerra Civil. Luego pasaron a su padre, fallecido en 1983. Hoy el reclamante tiene plantados 14.300 metros cuadrados de patatas y paga los recibos a la acequia por el riego.
Pero en 1942 cesa la «llevanza de la libreta» y en 1941 el pago de las rentas y se eliminó la noria. Pese a todo, nadie reclamó las rentas de 64 años hasta que en el año 2002 el Ayuntamiento de Valencia realiza una inspección. Entonces el propietario trata de regularizar su situación. Pero por medio, en 1945, obra un expediente de expropiación municipal, que se llevó a cabo sobre buena parte de la parcela (7.365,99 metros cuadrados), sin que el ayuntamiento tomara nunca posesión de la misma ni realizara las obras previstas. Proyectos en marcha El caso llega a los tribunales cuando el Parque Central es un proyecto en marcha, con el planeamiento aprobado y el túnel del AVE entrando en la ciudad. El agricultor pide que se le reconozcan los derechos sobre las 16 hanegadas como arrendamiento histórico valenciano, lo que, en la práctica, le daría derecho a ser considerado un propietario más en el ámbito de la operación.
En primera instancia, los tribunales reconocieron la titularidad del arrendamiento histórico valenciano respecto a una de las fincas pero no respecto de la expropiada, a pesar de todo. Sin embargo, tanto el arrendatario como Parque Central Agente Urbanizador apelaron a la Audiencia Provincial que, teniendo en cuenta el expediente de expropiación municipal y la falta de pago, considera que el derecho se extinguió y revoca la sentencia del juzgado de primera instancia.
El recurso de casación planteado por el agricultor no prosperó y el fallo se ha convertido en firme pero, por ahora, hasta que no entren las máquinas, seguirá cultivando su campo.