El próximo 14 de abril se cumplen 90 años de la proclamación de la Segunda República, un hecho que algunos quieren celebrarlo colgando la bandera republicana en el Ayuntamiento de su respectiva ciudad o pueblo, como han hecho en otras ocasiones vulnerando la ley.

En mi modesta opinión, al igual que otros se han manifestado a favor, yo también quiero decir lo que pienso. La bandera republicana no debe ondear en ningún ayuntamiento  por varias razones, fundamentalmente porque el régimen constitucional actual es la monarquía parlamentaria y no la república y en segundo lugar porque el Ayuntamiento pertenece a todos los ciudadanos, no solo de aquellos que defienden la república, también de los que defendemos la monarquía constitucional como forma de Estado, que es la que rige en estos momentos en España salvo que se modifique la Constitución o se someta a un referéndum y haya una mayoría de ciudadanos que apoye un cambio en la forma de Estado. Cosa que de momento no ha ocurrido ni creo que ocurra en el futuro. Pero si ocurriera, esta sería la única fórmula válida.

Entiendo que el que quiera colgarla lo haga en su casa o en su despacho, pero no en un edificio público, que como digo es de todos y no de solo una parte de la población que se manifiesta republicana.

Cosa distinta es que se celebren actos conmemorativos, como de hecho hay previstos en varias ciudades de España, también en Ontinyent, con motivo del 90 aniversario de la proclamación de la Segunda República española, lo cual es absolutamente legal y el que quiera celebrarlo es libre de acudir o no.

Hace unos años escribí un mismo artículo bajo el título “Guerra de banderas” en este mismo periódico manifestándome en los mismos términos que lo he hecho ahora cuando vi ondear la  bandera tricolor en el Ayuntamiento de Ontinyent. Aquella decisión estuvo refrendada por amplia mayoría en un pleno celebrado en 2012. Que lo aprobara el pleno, no quiere decir que fuera legal.

Sin embargo, pienso y no soy jurista, que no es legal poner una bandera que no es constitucional en un edificio público como tampoco lo sería que alguien colgara una bandera con el Águila de San Juan que aunque no es una bandera franquista siempre se ha vinculado con el régimen franquista. Por tanto desde un punto de vista legal tan inconstitucional es una como otra.

Existe jurisprudencia en este sentido donde se reconoce explícitamente que no es posible colocar banderas en las fachadas de las instituciones públicas, más allá de las estrictamente oficiales, de acuerdo a la legislación vigente. Unidas Podemos presentó una proposición de ley que registró en el Congreso de los Diputados para reformar la ley de banderas y permitir que las administraciones puedan colocar enseñas no oficiales de manera temporal en sus fachadas. Aquella iniciativa no prosperó.

Queda claro, por tanto, que ni la bandera republicana ni la LGTB ni ninguna otra, que no sea oficial pueden colocarse en un edificio público, sin embargo, seguimos viendo como algunas administraciones siguen saltándose la ley a su antojo.