Es paradójico que la discusión del uso de viviendas destinadas a apartamentos turísticos se centre en si son legales o ilegales. Paradójico e interesado por algunos que dicen defender a quienes reidimos y sufrimos las constantes molestias que provienen de las fiestas que en ellas se organizan. Es todavía más curioso que el proyecto no de ley que los quiere regularizar defienda ciertas consideraciones recaudatorias, que me parece bien, y solo de forma tímida y general hable del derecho al descanso. Pero quiero exponer la solución más fácil y más justa, de eso no les quepa duda.

Artículo único: Queda prohibido destinar pisos a uso turístico en edificios donde residan familias o encontrándose vacíos sean susceptibles de ser alquiladas a residencia familiar.

¿Saben quién se beneficia de tal uso? Se suelen lucrar personas que tienen muchos pisos vacíos y si los alquilan para turismo obtienen beneficios muy superiores. ¿Por qué lo afirmo? Me han intentado comprar pisos, inclusive desde Madrid para destinarlos al alquiler turístico. ¿Por qué?, sencillo: los bancos ofrecen tipos interés al 0,2 % y comprando pisos y alquilando a turismo se obtiene sobre el 4 %.

Qué más da si está legalizado o no su uso para turismo si vulneran un derecho tan elemental como el del descanso. Los propietarios se buscan gestores para arrendarlos y así las sanciones que pone la Policía Local no las paga nadie. Si son extranjeros, tampoco son embargables en sus bienes si son sancionados y a propiedad no es responsable subsidiaria. Angel Más Raga. Valencia.