?

El juzgado de Instrucción Número 1 de Castelló tiene vía libre para convertir en procedimiento abreviado y abrir juicio oral, si así lo considera, la investigación que se sigue desde 2006 por unas presuntas construcciones ilegales en Borriol por las que el alcalde, el popular Adelino Santamaría, se encuentra imputado por tres presuntos delitos: omisión del deber de perseguir un delito, desobediencia y coacciones. En 2006 un propietario de Borriol denunció a un matrimonio vecino por las molestias que le causaba una cuadra presuntamente irregular construida en su parcela. Al mismo tiempo, denunció igualmente al alcalde por no intervenir para atajar las molestias y perseguir las presuntas irregularidades urbanísticas. Después de las diligencias seguidas en el juzgado, por las que el alcalde tuvo que prestar declaración como imputado en dos ocasiones, y de innumerables recursos ante la Audiencia, finalmente el juzgado podrá seguir adelante.

Así se desprende del último auto referente a este caso dado a conocer ayer por la Audiencia Provincial de Castelló. En él, la Sección Segunda desestima el último recurso de apelación interpuesto por los dos vecinos denunciados y confirma así el auto del Juzgado de Instrucción Número 1 de Castelló de 2008 por el que se dictaba la transformación en procedimiento abreviado de las diligencias.

Los hechos por los que el alcalde de Borriol podría sentarse en el banquillo se remontan a hace más de una década. Según explicaron ayer fuentes cercanas al caso, el denunciante llevaba años sufriendo las molestias por la cuadra de los vecinos y presentando quejas ante el consistorio "que no eran escuchadas". Harto de la situación, interpuso un contencioso cuya resolución, tal como se recoge en el auto de la Audiencia, obligó al ayuntamiento a derribar la cuadra. Sin embargo, desde entonces se había vuelto a levantar, primero de obra, después con planchas metálicas y después con madera sobre base de hormigón.

Ampliación de querella

Este vecino volvió a pedir al ayuntamiento su intervención "aunque ni las órdenes de derribo firmadas en el ayuntamiento se llevaban a cabo", apuntan las mismas fuentes, de ahí que se denunciara al primer edil de Borriol por desobediencia y por no perseguir la construcción ilegal.

Después de iniciado el procedimiento, el vecino pidió una ampliación de querella por un presunto delito de coacciones contra el alcalde después de que, según denuncia, "se enviara a su domicilio una inspección". El 8 de noviembre de 2007, la Audiencia Provincial emitió un auto por el que estimaba el recurso de apelación de este vecino y admitía la ampliación de querella por este presunto delito de coacciones.

Unos meses antes, el 16 de agosto de ese mismo año, el juzgado 1 de Castelló ya había acordado transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado al reconocer que existían "indicios razonables de criminalidad contra Adelino Santamaría por no cumplir las resoluciones que él mismo ha dictado sobre el desmontaje de la cuadra y permitir su actual situación".

Ahora, y después de cerca de tres años de recursos ante la Audiencia, el tribunal provincial ha acordado que se siga adelante en el juzgado número 1. De hecho, en estos años en los que se han resuelto innumerables recursos presentados por los vecinos querellados y el propio alcalde, los magistrados han llegado a calificar de "sinrazón de peticiones" los recursos presentados "con ánimo dilatador" de la causa, según apuntan las mismas fuentes.

Ahora las partes tienen un plazo de 10 días para presentar sus escritos de acusaciones. Después de valorarlos, el titular del juzgado 1 resolverá si abrir o no juicio contra el alcalde popular.

El último recurso resuelto por la Audiencia al respecto de esta investigación concluye desestimando la petición del matrimonio querellado de sobreseer el asunto. En el auto de la Sección Segunda se asegura que los vecinos "no han dejado de estar en la ilegalidad administrativa desde la firme y obcecada voluntad de construir unas pequeñas cuadras para caballos en su parcela, primero como construcción de obra, demolida por la iniciativa del querellante (no del Ayuntamiento al que hubo imponérsele su deber), después con planchas metálicas (Igualmente desmontadas por impulso del vecino) y finalmente con planchas de madera, pero bajo una autorización de caseta de aperos que luego no ha resultado tal". De lo anterior, los magistrados entienden que el auto apelado es "irreprochable". Sobre la actuación del alcalde, en el auto se deja al margen al no haber sido recurrida "en lo que sería una posible responsabilidad de éste como alcalde por 'dejar hacer' una supuesta obra ilegal (É) y no impulsar las resoluciones adecuadas (É), es decir una pasividad o una especie de hacer 'la vista gorda' ante una posible infracción que le era puesta de manifiesto por un vecino de forma constante y que se remonta a antes del año 2000". Fue el afectado quien, con un contencioso "le impuso al consistorio el cumplimiento de sus obligaciones". v. s.castelló