El TSJ rechaza el recurso de súplica y obliga a Castelló a redactar un nuevo Plan General
La sala reitera la anulación de la última exposición al público del PGOU del año 2000 por tramitarse con la derogada LRAU
j.mestre castelló
El periplo del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad de Castelló del año 2000 parece que ya ha llegado a su fin. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimado el recurso de súplica presentado por el ayuntamiento, Generalitat y la patronal contra el auto del propio TSJ que paralizó la última exposición al público del planeamiento urbanístico, según reza la resolución avanzada ayer a este diario por la asociación de vecinos de la avenida Vila-real.
El equipo de gobierno tendrá que redactar un nuevo PGOU, tal como indica el tribunal en su orden de octubre, que ha tumbado la última corrección del Plan General por regirse con la ley derogada de la LRAU en vez de con la actual LUV.
Elaborar otro PGOU se alargará cerca de cuatro años y mientras tanto la ciudad quedará al amparo de un régimen urbanístico transitorio aprobado por la Generalitat. Esta norma provisional ofrece un marco legal a las zonas residenciales construidas y a las unidades de desarrollo con aprobación firme y tiene una vigencia de cuatro años. Es decir, se quedarán invalidadas durante cuatro años 138 de los 185 ámbitos que fueron incluidos en el PGOU de 2000.
Ciudad de las Lenguas
Por ejemplo, se demorará la ejecución de la Ciudad de las Lenguas, dado que sus terrenos del aeródromo requieren una reclasificación que no se podrá materializar hasta que no se apruebe el nuevo PGOU.
El TSJ reitera en su respuesta que el ayuntamiento no puede tramitar el PGOU con la LRAU y también rechaza el supuesto de indefensión que había alegado al considerar que ha podido argumentar sus razonamientos con el recurso de súplica. El ejecutivo local había sumado a su defensa al Consell y a las patronales de la CEC y Apecc y había advertido que elaborar otro planeamiento supondría una paralización del urbanismo de la ciudad. La sala de lo contencioso no entra a valorar esta argumentación y reafirma el auto de octubre, que insta al consistorio a elaborar el PGOU "conforme la realidad físico-jurídica del momento y aplicando la normativa urbanística vigente". "La aplicación de la LRAU no puede ampararse en la disposición de la LUV porque el Plan General de 2000 no existe jurídicamente al ser nulo", señaló el tribunal en su resolución de hace un mes.
De esta manera se queda sin efecto el trámite que había diseñado el ayuntamiento para cumplir una sentencia del Tribunal Supremo que invalidaba el PGOU de 2000. El Alto Tribunal echó atrás la ejecución de un primer fallo de 2008 por no incluirse en la segunda exposición pública que ordenaba la legislación vigente del momento
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