El Tribunal Supremo (TS) le vuelve a enmendar la plana a la Audiencia Provincial de Castelló en el "caso Fabra". La Sala de lo Penal del TS otorgó ayer "absoluta libertad" al juez de Nules Jacobo Pin para que dicte un nuevo auto de apertura de juicio oral al expresidente provincial del PP y de la diputación y actual presidente de Aerocas, Carlos Fabra, por los delitos que estime oportunos, incluido el de cohecho, que había sido descartado por la Audiencia. La resolución supone un espaldarazo al juez instructor, que pidió el amparo del Poder Judicial y denunció que la sección primera de la Audiencia de Castelló había "perturbado su independencia" al tratar de imponerle el archivo del cohecho. Fabra también será juzgado por tráfico de influencias y cuatro delitos fiscales.

El Supremo celebró ayer una vista para pronunciarse sobre los tres recursos de casación planteados por la Abogacía del Estado, el Ministerio Fiscal y la Unión de Consumidores contra el auto de la Audiencia Provincial del pasado 18 de mayo que excluyó la acusación de cohecho. El alto tribunal acordó dar vía libre al juez instructor de Nules para dictar un nuevo auto de apertura de juicio oral que incluya a las personas y hechos delictivos que estime convenientes.

El juez Pin pidió amparo al CGPJ

Jacobo Pin decretó en enero de 2012 la apertura de juicio oral contra Carlos Fabra, al que impuso una fianza de 4,2 millones de euros por supuestos delitos de cohecho, tráfico de influencias y contra la hacienda pública. Elevó el caso a la Audiencia Provincial de Castelló, cuya Sección Primera decidió devolverlo a Nules al no apreciar cohecho. La Audiencia obligó al juez instructor a redactar un nuevo auto y le advirtió de que el "exceso" que había cometido podía constituir un "fraude de ley" al afectar a la distribución de competencias entre el juzgado de lo Penal y la propia Audiencia Provincial. La respuesta del juez Pin fue pedir amparo al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y acusó a la Sección Primera de la Audiencia de Castelló de haber "perturbado su independencia" al "tratar de imponer indirectamente el sobreseimiento del delito de cohecho". La resolución del Poder judicial sobre la solicitud de amparo estaba pendiente del dictamen del Supremo.

De esta forma, Carlos Fabra será juzgado por cohecho, tráfico de influencias y cuatro delitos fiscales si no surge un nuevo contratiempo que paralice el proceso. El caso estalló a finales de 2003, cuando el empresario químico Vicente Vilar, gerente de Naranjax, interpuso dos querellas en los juzgados de Nules y acusó a Carlos Fabra de cobrar cantidades millonarias a cambio de mediar ante altos organismos del Estado para lograr la comercialización de un largo listado de productos fitosanitarios. Nueves jueces instructores han llevado el caso y fue el último, Jacobo Pin, quien cerró hace un año la investigación. Considera el juez que hay indicios de que, valiéndose de su condición de presidente de la diputación, Fabra intercedió ante diversos ministerios en favor de Naranjax. Por otra parte, la investigación determinó que Carlos Fabra Carreras y su exmujer, María Amparo Fernández, obtuvieron ingresos que ocultaron a la Hacienda Pública y que no se correspondían ni con el patrimonio ni con la renta por ellos declarados durante los ejercicios fiscales correspondientes al periodo comprendido ente los años 1.999 y 2.004.