Otros de los etarras que en breve podrían salir de la cárcel son: Carmen Guisasola Solozábal quien integró varios comandos de ETA entre 1982 y 1989 y fue condenada a decenas de años de cárcel por participar en cuatro asesinatos, un comerciante, un policía municipal, un marinero y un sargento de la Guardia Civil. Actualmente se encuentra desvinculada de ETA e interna en la cárcel alavesa de Zaballa. Es una de las máximas representantes de los disidentes de la banda acogidos a la denominada Vía Nanclares. Detenida en Francia en 1990, lleva 23 años en prisión. En los últimos tiempos ha disfrutado de numerosos permisos de salida de la cárcel y en uno de ellos aprovechó incluso para presentar una novela escrita por ella en la que defiende la necesidad de convivencia en el País Vasco. El acto de presentación tuvo lugar en San Sebastián y la exterrorista estuvo acompañada por la exparlamentaria de Aralar Aintzane Ezenarro. Otro es José Ignacio Echevarria Pascual que fue condenado por asesinar a dos personas en 1991, uno de ellos era guardia civil. Lleva 22 años en prisión y la aplicación de la Doctrina Parot ha alargado su estancia en prisión tres años. Actualmente se encuentra en la cárcel zaragozana de Daroca. Ignacio Pujana Alberdi participó entre los años 1983 y 1984 en el comando Tontorramendi de ETA y fue condenado, entre otros delitos, por el asesinato del industrial Ramiro Salazar cometido el 23 de julio de 1983 en Vitoria. Pujana cumplió condena en Francia y fue extraditado a España el 7 de diciembre de 1991. Se encuentra en libertad desde principios de este año tras 25 años en prisión. Ep MADRID

El Tribunal Supremo deliberará el miércoles, en una Sala integrada por siete magistrados, sobre el caso de los etarras Andoni Cabello Pérez y Juan José Legorburu Guerediaga, actualmente presos en la cárcel de Castelló y Albocàsser respectivamente, a quienes se les aplicó la doctrina Parot -derogada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH)- y que tienen pendiente su recurso ante este órgano. Andoni Cabello lleva 22 años preso y estaría libre desde marzo de 2012 de no ser por la aplicación de la Parot. Fue condenado por los asesinatos del coronel del Ejército de Tierra José María Picatoste y el delegado para Asuntos de Policía del Gobierno vasco, Genero García.

Juan José Legorburu Guerediaga fue un activo terrorista condenado por un total de ocho víctimas mortales entre 1979 y 1985. Participó en los asesinatos de un hostelero, del jefe de policía municipal de Amorebieta, un teniente coronel, dos policías nacionales, un comandante del Ejército de Tierra retirado, un capitán y un brigada de la Guardia Civil. Lleva preso 27 años. De no ser por la aplicación de la Doctrina Parot, estaría en libertad desde 2009.

Además de estos casos, el Supremo debería decidir sobre otros cuatro, también etarras. En dos de ellos, el alto tribunal tendrá que resolver recursos presentados por la Fiscalía por tratarse de miembros de la banda terrorista ya en libertad cuya excarcelación fue impugnada por el Ministerio Público antes de conocerse la sentencia del Tribunal Europeo. Fuentes del alto tribunal han señalado que, en total, el Tribunal Supremo tiene pendiente de dictar siete resoluciones sobre este asunto, dos de ellas referidas al preso de ETA ya en libertad Ignacio Pujana, si bien una de ellas ya fue deliberada anteriormente y sólo resta dictar la resolución.

Además de los ya referidos Pujana, Legorburu y Cabello, también están los recursos de Carmen Guisasola, Juan Ramón Rojo González y José Ignacio Echeverria. Los magistrados que compondrán esta Sala son el presidente de lo Penal Juan Saavedra, Joaquín Giménez, Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano, Miguel Colmenero y Juan Ramón Berdugo.

El tribunal del Supremo deberá aplicar lo acordado en el Pleno no Jurisdiccional celebrado el pasado 12 de noviembre, cuando la Sala de lo Penal del alto tribunal concluyó por doce votos frente a cuatro que la aplicación de la Doctrina Parot debe tenerse por anulada para todas las sentencias condenatorias en ejecución dictadas antes del 28 de febrero de 2006 y que las excarcelaciones deben ser adoptadas por el tribunal sentenciador, que en estos casos es la Audiencia Nacional.