Ayer entró en vigor la ordenanza de Transparencia que debe regular en Peñíscola las obligaciones de la administración local en el municipio. La ordenanza estuvo impulsada al inicio de este mandato y ya pasó por debate plenario y por su correspondiente exposición pública. Cabe recordar que la Secretaría Municipal redactó a partir de la ordenanza tipo de la Federación Española de Municipios y Provincias, la regulación de las obligaciones del ejecutivo local en materia de transparencia y rige los parámetros de funcionamiento de la herramienta puesta en marcha por el ayuntamiento para vehicular toda la información de gestión: el Portal de Transparencia.

El Portal, así como la Sede Electrónica, suma ya más de 1200 documentos públicos a disposición de los usuarios para las consultas que deseen formularse y cuenta con más de 31.000 visualizaciones sumando casi el 80% de transparencia total tras dos meses del inicio de la obligatoriedad legal de contar con la herramienta.

El área de Transparencia, conjuntamente con el área de Participación, han convocado reuniones informativas para fomentar el uso del Portal, con los grupos políticos y con las asociaciones de la localidad; además, se han efectuado jornadas formativas y reuniones de coordinación entre los distintos departamentos para agilizar la actualización de contenidos y designar responsables por áreas para esta tarea.

Otra ordenanza que también entra en vigor ahora en el municipio es la vinculada a las condiciones de los vertidos de aguas residuales a las redes de alcantarillado y colectores, con especial referencia a las prescripciones a que habrán de someterse en esta materia los usuarios actuales y futuros, de conformidad con las finalidades de proteger el medio receptor de las aguas residuales eliminando cualquier efecto tóxico; preservar los cauces públicos, estaciones depuradoras y de bombeo y todas aquellas instalaciones pertenecientes a la red de saneamiento; definir las condiciones técnicos-sanitarias de los vertidos a la red de saneamiento en el término municipal; regular las condiciones de conexión a la red municipal de alcantarillado y red separativa de aguas pluviales por parte de los usuarios, así como las normas de uso cada una de ellas.

La ordenanza, controlará y podrá sancionar pues, todos los vertidos, tanto de naturaleza doméstica, comercial o industrial que se efectúen por cualquier usuario a la red de saneamiento municipal, sea cual fuere la técnica utilizada.