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Suspenden los recursos contra desahucios en Castelló por cláusulas de vencimiento

? Los juzgados de Castelló paralizan estos procedimientos a la espera de que el Tribunal Europeo aclare si esta cláusula es abusiva ? Esta medida permite resolver una hipoteca en caso de impago

Suspenden los recursos contra desahucios en Castelló por cláusulas de vencimiento

La Audiencia de Castelló ha acordado suspender temporalmente la tramitación de recursos contra sentencias de juzgados de Primera Instancia en procedimientos sobre contratos de préstamo, en su mayoría hipotecas, en los que se cuestione el carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado.

Esta cláusula es la que permite al acreedor instar la resolución del contrato hipotecario con el consumidor e iniciar un procedimiento para desahuciarle, «bastando para ello que haya dejado de pagar alguna cuota o los intereses», según informó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que insistió que estos recursos.

La decisión de la sección tercera de la Audiencia de Castelló, especializada en materia Civil y Mercantil, se ha adoptado por los cuatro magistrados que la integran en una junta no jurisdiccional celebrada recientemente, a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dé respuesta a las peticiones de aclaración planteadas por el Tribunal Supremo, indicaron las mismas fuentes.

Europa ya ha dictaminado que las entidades financieras han de devolver las cantidades fijadas en las cláusulas suelo, y ahora los tribunales españoles quieren saber si la sentencia comunitaria también afecta a las denominadas cláusulas de vencimiento.

Esta última cláusula está incluida en la mayoría de hipotecas firmadas antes de 2013, cuando fue reformada la ley hipotecaria, y establece que, el impago de una sola cuota permite al prestamista para dar por vencido el préstamo y exigir la devolución de la totalidad, a través precisamente del procedimiento de ejecución hipotecaria.

La sección tercera acuerda «suspender hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dé respuesta a las cuestiones prejudiciales planteadas por la Sala Civil del Tribunal Supremo en su auto de 8 de febrero de 2017 los procedimientos declarativos o de ejecución en los que, teniendo el prestatario la condición legal de consumidor, se cuestione el carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado».

Acreedores y deudores

La suspensión afecta, mayoritariamente, a los procedimientos de ejecución hipotecaria y también a los procedimientos declarativos, aquellos instados por el deudor en los que únicamente se pide que se declare la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado.

Sensibilidad de los juzgados

Hasta ahora, en los procedimientos de ejecución hipotecaria la Audiencia de Castellón no aplicaba de manera automática la cláusula de vencimiento anticipado de manera literal, sino que se inclinaba por ponderar las circunstancias que concurrían en cada caso, aclaró el TOSCANA.

De este modo, en lugar de atender a la pretensión del ejecutante sin más consideraciones, la cláusula se aplicaba en función de la entidad del impago y de la posibilidad real del consumidor de evitar la consecuencia.

Cuando se ha entendido que el profesional prestamista ha hecho un uso abusivo de la cláusula, se ha archivado el procedimiento, han señalado las mismas fuentes.

La Audiencia esperará a conocer el pronunciamiento del TEUL para saber si puede seguir resolviendo como lo hacía hasta ahora o si, por el contrario, ha de declarar nulas todas las cláusulas de vencimiento anticipado, con independencia de las circunstancias que concurran en cada caso y siempre que el prestatario tenga la condición de consumidor.

La sección tercera dio traslado de su acuerdo a los jueces decanos de la provincia, al juez de segorbe y a los colegios de abogados y procuradores.

El acuerdo remarca el «total respeto a la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional» de los jueces de Primera Instancia, añadieron las mismas fuentes.

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