La Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a sendas penas de tres años y dos años y nueve meses de prisión, por los delitos de intrusismo y estafa, al dueño de una clínica de Vinaròs y a su colaborador, quienes realizaron tratamientos como «falsos médicos» y de un año y cuatro meses a la mujer del primero como cómplice.

La sentencia, hecha pública ayer, considera probado que el acusado propietario de la clínica en Vinaròs posee un título en terapias naturales y desde 2006 había hecho labores relacionadas con la homeopatía junto a otra persona -declarada en rebeldía y que sí podía ejercer la medicina en España- y su mujer, también condenada. Según el fallo, la mujer del propietario ejercía labores de recepcionista y «circunstancialmente» ayudaba a su marido y a la otra doctora.

El acusado carecía de la titulación necesaria para ejercer actos propios de la profesión médica y se aprovechó de la «creencia generalizada» de que sí la tenía, todo ayudado por el nombre de la clínica, el trato de «doctor» que le dispensaba su esposa, los títulos enmarcados que llenaban su despacho y la bata blanca que portaba en la consulta.

Gracias a toda esa «escenografía», procedió a realizar «diagnósticos de enfermedades y tratamientos para las mismas», haciendo además «extracciones de sangre, autotrasfusiones y pequeñas operaciones quirúrgicas, cobrando distintas cantidades por la consulta y los tratamientos» que se encargaba de cobrar su esposa.

El acusado, se puso en contacto con el segundo de los acusados, de origen gallego y «del que se sentía amigo y por el que tenía una profunda admiración profesional por los numerosos títulos oficiales relacionados con las ciencias de la salud que tenía reconocidos en el extranjero», y con el que también se había visto implicado en otra causa judicial semejante.

Así, aun sabiendo que «carecía y carece de título académico de licenciado en Medicina expedido o reconocido en España, con la finalidad de mejorar la imagen reputacional del negocio que tenía montado en su clínica y a fin de ayudarle económicamente por las estrecheces que éste padecía a resultas de las medidas cautelares adoptadas contra él en el otro procedimiento, le llegó a prestar 20.000 euros».

Además le invitó a que visitase su clínica y a que tratase a algunos pacientes, a los que se los presentaba como un «eminente doctor con experiencia internacional, lo que éste efectivamente verificó con algunos de ellos durante las esporádicas visitas realizadas, en el curso de las cuales llevó a cabo actos médicos similares a los realizados» por el primer procesado.

Según el fallo, las personas que acudieron a la clínica recibieron por parte de los acusados tratamientos como autovacunas, problemas de alergias, extracciones de sangre, fisioterapia, mesoterapia, láser, liposucciones, ultrasonidos, extirpación de quiste y otros relacionados con la estética y que resultaron en su mayoría «totalmente ineficaces».

La sala absuelve a los dos procesados de los delitos de lesiones y contra la salud pública de los que se les había acusado.