Un hombre, acusado de abusar sexualmente de la hija menor de un amigo, admitió ayer los hechos ante el tribunal, la sección 1ª de la Audiencia de Castelló, y aceptó la petición final del ministerio fiscal de dos años de cárcel y una orden de alejamiento de la víctima de los abusos. La víctima de los abusos sexuales es hija de un amigo del procesado por estos hechos.

La conformidad del acusado por estos hechos se produjo tras la rebaja de la petición de pena de prisión de cuatro a dos años de prisión. La aceptación del relato de los hechos descritos por el ministerio público abortó la celebración de la vista oral.

El procesado limitó a dar su conformidad al acuerdo alcanzado por su abogado con el resto de las partes, incluida la acusación particular. Además, todas partes expresaron al tribunal su decisión de no recurrir el acuerdo.

Según el escrito de calificación de los hechos del ministerio público, los hechos ocurrieron sobre las 20.45 horas del 6 de junio de 2016, cuando el acusado preguntó a la víctima, dónde se dirigía y la invitó a subir a su coche , bajo el pretexto de llevarla a su casa. «La víctima accedió y se situó en los asientos traseros del vehículo», precisa el fiscal.

El acusado se llevó a la niña a un granja y durante el «trayecto y con ánimo libinidoso, sin hacer uso de la violencia, le tocó los pechos y puso su mano sobre la rodilla de la menor deslizándola por el muslo hasta llegar a la vagina, todo ello por encima de la ropa. Acto seguido y tras llegar a la granja, la menor se bajó del coche, momento en el que el acusado le abrazó y la besó en la cabeza, no consiguiendo besarla en la boca. El acusado le tocó las nalgas en varias ocasiones, al tiempo le manifestaba que si le enseñaba la vagina a su novio por qué no se la enseñaba a él», recoge el escrito del fiscal más adelante el ministerio público. El acusado trasladó luego a la menor a las inmediaciones de su domicilio familiar.

Además de los dos años de cárcel, el fiscal solicitó para el hombre procesado la prohibición de aproximarse a la víctima durante cinco años en una distancia no inferior a los 200 metros.