El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana vuelve a prohibir el consumo de alcohol en el entorno de las tascas de Castelló y deja en el aire su futuro. El TSJ anula el artículo de la ordenanza municipal de convivencia que regula la ingesta en las tascas al entender que contraviene la declaración de Zona Acústicamente Saturada del espacio. El ayuntamiento tiene la posibilidad de recurrir ante el Supremo, tal como ha hecho en ocasiones interiores. Los hosteleros podrán seguir vendiendo en el exterior hasta que sea firme la resolución.

El Supremo invalidó en marzo una primera sentencia del TSJ contra el modelo singular de las tascas al considerar que no estaba suficientemente motivada. El Alto Tribunal instó por ello al tribunal valenciano a emitir un nuevo fallo. El TSJ se reafirma ahora en que la autorización para beber en las tascas que permite la normativa municipal «entra en contradicción con las limitaciones que atañen a dicho lugar tras la declaración como Zona Acústicamente Saturada», de acuerdo, afirma, a la ley autonómica de Contaminación Acústica de 2002. Estima el recurso presentado por la asociación de Castelló Sense Soroll.

El magistrado sostiene que con la ZAS «no es aceptable la redacción modificada del artículo 26 de la ordenanza que prevé aplicar la excepción de la prohibición de la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas en dicha zona», a pesar de venir dicha excepción, agrega, de las autorizaciones municipales.

Esta nueva sentencia vuelve a poner en riesgo la continuidad del modelo tradicional de las tascas. La nueva ley de Salud Pública aprobada por las Corts -por unanimidad- refuerza la potestad de los ayuntamientos para regularizar el consumo de alcohol en determinadas zonas como las tascas, pero la resolución del TSJ se respalda en la ZAS y en la ley de Contaminación Acústica.

La causa judicial ya lleva más de diez años. El anterior ejecutivo municipal del PP intentó salvaguardar las tascas con una ordenanza, pero la justicia ha vuelto a tumbar su regularización.

Ley de Contaminación Acústica

Los hosteleros y el ayuntamiento admiten la necesidad de modificar la ley autonómica de Contaminación Acústica de 2002 y adaptarla a la estatal al ser esta última menos restrictiva. En la autonómica el horario nocturno empieza una hora antes que en la norma estatal. Por la noche, el máximo de decibelios que permite la ley es inferior que por el día. Las tascas consideran que la ley valenciano dificulta su salida de la ZAS. El ejecutivo del PP de Castelló activó la ZAS en 2010 y este año ha sido renovada.