La nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana vuelve a poner en el disparadero el consumo de alcohol en el exterior de las tascas. Un artículo de la ordenanza municipal regula esta excepcionalidad pero el TSJ ha resuelto que esta normativa contraviene los objetivos de la declaración ZAS de las tascas y la ley autonómica que la regula -de Contaminación Acústica de 2002-. Los hosteleros confían en que la nueva ley de salud pública, que legisla la ingesta de bebidas alcohólicas en la calle, permita poner fin a los problemas legales de la zona gastronómica. Por su parte, la asociación de Castelló Sense Soroll -parte demandante- insta al ayuntamiento a «negociar» para garantizar «la salud de los ciudadanos».

Según la resolución del TSJ, la autorización para beber en las tascas que permite la normativa local de 2012 «entra en contradicción con las limitaciones que atañen a dicho lugar tras la declaración de Zona Acústicamente Saturada» de acuerdo, sostiene con la Ley de Contaminación Acústica. del año 2002.

Es la segunda vez que el mismo tribunal se pronuncia a favor de Sense Soroll ya que en marzo el Tribunal Supremo, en respuesta a un recurso del ayuntamiento, consideró que su resolución anterior no estaba bien fundamentada e instó a repetirla.

El ejecutivo local afirma que estudia si presenta un recurso aunque todo hace indicar que volverá a hacerlo. El Supremo tiró atrás en 2014 un primer proceso judicial de Sense Soroll y afirmó que la ordenanza no contravenía la ley de drogodependencia del Consell de 2003. Sense Soroll presentó luego otro recurso acogiéndose esta vez a la ZAS.

Los locales de las tascas subrayan que ahora está en vigor una nueva Ley de Salud Pública y esperan que se resuelva a su favor si el ayuntamiento eleva un recurso al Supremo en base a la misma.

Las Corts reforzaron por unanimidad en abril, con la nueva Ley de Salud Pública, la potestad de los ayuntamientos para ordenar la ingesta de alcohol en zonas especiales de ciudades.

La cuestión es que la última resolución del TSJ se fundamenta en la ley de Contaminación Acústica. Al respecto, ayuntamiento y tascas coinciden en la necesidad de que la Generalitat adapte el horario de la dicha de contaminación, de 2002, a la norma estatal, que sitúa el inicio del horario nocturno alas 23 horas frente a las 22 de la autonómica.

Por su parte, el nuevo portavoz de Sense Soroll, Emilio Agulleiro, reclama al consistorio que analice medidas para afianzar el «bienestar y la salud» de los vecinos.Considera contradictorio que un ayuntamiento defienda el hecho de que se pueda beber alcohol en una zona de la ciudad.

Sense Soroll se muestra, no obstante, dispuesto a negociar con el ejecutivo.