No obstante, las cifras más elevadas de morosidad que tuvieron que soportar las comunidades de propietarios fueron en los años 2014 y 2015, con un total de 23 millones cada ejercicio.

En esas fechas, la crisis económica aún no había tocado fondo y el mercado inmobiliario seguía inmerso en la crisis derivada del estallido de la burbuja inmobiliaria.

En el conjunto de la Comunitat Valenciana, la morosidad por impagos a las comunidades de propietarios llegó en 2017, a 177,12 millones, un descenso del 4,21 % respecto a 2016, cuando la cifra fue de 184,90 millones de euros.

En el conjunto del Estado, el nivel de impago por morosidad soportado por las comunidades de propietarios disminuyó, en el ejercicio 2017, en un 3,88 % respecto al año anterior, alcanzando el importe de 1601,23 millones de euros, frente a los 1665,90 millones de euros de 2016.

Respecto a la morosidad bancaria, ha disminuido un 4,13 %, alcanzando los 317,12 millones de euros en 2017 frente a los 380,80 millones de euros de 2016.

Ley para la convivencia

Los Administradores de Fincas Colegiados presentaron, en su XXI Congreso Nacional de Administradores de Fincas, celebrado en Madrid, la propuesta para la aprobación de una nueva Ley de Propiedad Horizontal que establece, para combatir la morosidad en las comunidades de propietarios, lo siguiente: «Se podrán establecer medidas frente a la morosidad tales como el establecimiento de intereses superiores al interés legal del dinero en el tiempo en que un propietario sea moroso, siempre que no sean abusivas o desproporcionadas». «Proponemos», añade el documento, « que se reclame al adquirente de un inmueble el importe adeudado por morosidad de todos los gastos comunes y del fondo de reserva que correspondan a la parte vencida del año en curso y a los cuatro años naturales inmediatamente anteriores a su transmisión del inmueble».

Respecto a las entidades bancarias, el documento recoge que «cuando una entidad financiera se quede con un inmueble por impago de una hipoteca, proponemos que la reclamación de la deuda se realice, si supera el tiempo de los años antes establecidos, desde la fecha en que el banco se adjudica dicho inmueble».

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas considera que una nueva Ley de Propiedad Horizontal es necesaria para seguir combatiendo la morosidad en comunidades de propietarios, «porque, aunque los datos muestran una disminución de lo que se adeuda, aún el 38,43% de las comunidades de propietarios tienen morosos, y el porcentaje de las comunidades de propietarios en las cuales las entidades financieras tienen pagos pendientes alcanza al 7%».

«El CGCAFE, en cumplimiento de su deber de colaboración con las instituciones públicas, y en defensa de los intereses de los usuarios y consumidores, presenta a la sociedad su Propuesta de Ley de Propiedad Horizontal que pretende, frente a la situación actual, atender al principio constitucional de seguridad jurídica que exige al legislador perseguir la claridad, y no la confusión normativa, y procurar que acerca de la materia sobre la que se legisle sepan los operadores jurídicos y los ciudadanos a qué atenerse», señala una nota oficial de la entidad colegial.