El Ayuntamiento de la Vall d'Uixó llevará al pleno del próximo mes de septiembre la rescisión del contrato con la empresa concesionaria del Complejo Deportivo Vallpala por incumplimiento del contrato.

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) de la Comunitat Valenciana ha emitido un dictamen por el que consideran que «es evidente que la concesionaria, desde el inicio ha incumplido de forma reiterada el proyecto básico y de ejecución de obra civil con constante y reiteradas modificaciones en la cafetería». Asimismo, desde el CJC confirman que «la concesionaria ha hecho caso omiso de las obligaciones contenidas en los pliegos. Las obras no pueden considerarse menores ni que no constituyan una infracción grave».

Para conocer los antecedentes, hay que remontarse a mayo del 2014 cuando se concedió licencia de apertura para un aforo máximo permitido en la cafetería de 42 personas y en todo el complejo de 167 personas.

Del expediente administrativo resulta que de las inspecciones administrativas realizadas por el arquitecto e ingeniero municipal, desde el 2013 advierten de la realización de obras en la cafetería no contempladas en el proyecto de obra y de explotación sin la autorización administrativa municipal. De hecho, ya se informó de forma desfavorable con ocasión del acta de comprobación de actividad previo a la puesta en funcionamiento, si bien ello no fue obstáculo para que se le concediera la licencia de apertura.

En posteriores inspecciones del arquitecto municipal, en fechas 27 de mayo 2016 y 13 de septiembre 2017, se acredita que el concesionario siguió realizando obras que no se corresponden con lo que se había establecido en el proyecto. El ingeniero técnico industrial en su informe del 26 de octubre de 2017 advirtió de que la cafetería había sido sustituida por un restaurante, habiéndose ampliado la superficie destinada a zona de cliente, no cumpliendo el local las normativas de accesibilidad por no disponer de aseos adaptados y, al modificarse la forma y ubicación de la escalera metálica de acceso a la zona deportiva, se incumplió la normativa de accesibilidad al igual que la incumplía la rampa metálica en la zona deportiva.

Tras esa visita, el ingeniero técnico industrial notificó que las instalaciones y medidas correctoras no se corresponden con el proyecto técnico y destacó que la licencia de apertura se concedió en diciembre 2013 con los informes desfavorables de los servicios técnicos y de la gerente de los servicios territoriales.

Tras detectar esas irregularidades desde alcaldía concedieron un plazo de diez días para alegar y, en su caso, subsanar las deficiencias. La mercantil presentó alegaciones el 10 de noviembre oponiéndose al incumplimiento y dichas alegaciones fueron desestimadas y, tras ello se inició el procedimiento de resolución del contrato por incumplimiento del contrato. Tras ello, el pleno del ayuntamiento del 20 de diciembre del 2017 decidió incoar el expediente para la resolución del contrato y conceder al concesionario un trámite de audiencia por diez días.

El 19 de enero de este año la mercantil adjudicataria presentó un escrito de alegaciones oponiéndose a la resolución del contrato incidiendo en que la construcción se hizo correctamente «y así lo aprobó el ayuntamiento». Pero el 8 de marzo se desestimaron las alegaciones y se constató entonces que no podía incautarse la fianza definitiva porque se devolvió al concesionario antes de la adjudicación definitiva.

Dos días más tarde se acordó en pleno la caducidad del anterior expediente de resolución del contrato. Unas nuevas alegaciones de la empresa fueron, de nuevo, desestimadas.

Por todos los incumplimientos, el Consell Jurídic Consultiu estima que procede la resolución del contrato administrativo de concesión de obra pública por la realización continuada de obras en contra de lo dispuesto en el proyecto de obra y explotación.

Acordada la resolución deberá procederse a la liquidación del contrato.

Con este dictamen, el ayuntamiento llevará la resolución del contrato al pleno del 19 de septiembre. Recordar que el consistorio también solicita la fianza pero esta fue devuelta en noviembre de 2013 por el entonces alcalde Óscar Clavell a través de un decreto., el cual se firmó con la oposición de la gerente de Servicios Territoriales y de la Intervención Municipal. Recalcar que la devolución de la fianza por el contrato, formalizado el 11 de enero de 2012 y que contemplaba la construcción y posterior explotación comercial del complejo deportivo, se produjo antes incluso de obtener la licencia de apertura del establecimiento. Pero tal y como regía el pliego de condiciones, la fianza definitiva no debería haberse devuelto a la empresa concesionaria hasta al menos el año 2043, una vez acabada la concesión de 30 años y un año después de que el ayuntamiento hubiera certificado que el estado de las instalaciones fuera compatible con seguir explotando el complejo deportivo.