El Tribunal Supremo puso en solfa en 2016 el desarrollo del PAI de Marina d'Or Golf al anular el programa principal de los dos previstos en una superficie de 18 millones de metros cuadrados (PAI de Cabanes). Ratificó una primera sentencia de 2013 del TSJ y consideró incorrecto que se tramitara la declaración de impacto ambiental por la legislación autonómica y no por la estatal. La empresa considera que impulsó sus trámites según la normativa vigente en el momento y atribuye los problemas legales del proyecto urbanístico a la Generalitat. Por este motivo, insta a la Administración autonómica a pagar unos 600 millones de euros por responsabilidad patrimonial, según explica la Conselleria de Obras Públicas y Vivienda, que lamentan que este conflicto es una herencia de la política urbanística del Consell del Partido Popular.

Desde la conselleria denuncian que se tratan de planes que forman parte de la «hipoteca urbanística» que «son tumbados por los tribunales por la mala tramitación del PP».

El periplo judicial del PAI de Marina d'Or Golf comenzó en 2013 cuando el TSJ invalidó los dos planes parciales de Cabanes y Orpesa por defectos formales en el tramitación. El Alto Tribunal revocó en julio de 2015 el fallo del TSJ referente al plan parcial de Orpesa, pero en febrero de 2016 ratificó la sentencia del PAI de Cabanes, que contempla el grueso del proyecto urbanístico, y ratificó la paralización de este plan parcial. Reiteró que que se valoró el impacto ambiental en función de la ley autonómica de 2004 «cuando el criterio del Supremo es que se tenía que haber aplicado en el momento de la tramitación la ley estatal de Evaluación Ambiental de 2006», según la Conselleria de Vivienda.

En el registro del Consell hay dos reclamaciones patrimoniales presentadas por la anulación del TSJ de «la homologación sectorial y plan parcial de Marina d'Or Golf de Cabanes. Según documentación de la conselleria, Promociones PAI Golf pide una indemnización de 587 millones, y la Comercializadora Mediterránea de Vivienda requiere 15,2 millones.

Al respecto, según recuerdan las mismas fuentes, el Consell Jurídic Consultiu de la Generalitat emitió en febrero de 2018 un dictamen contrario la reclamación patrimonial valorada en 587 millones presentada por Promociones PAI Golf.

El órgano consultivo esgrime en su informe que el «PAI solo había sido aprobado provisionalmente por el ayuntamiento cuando se emitió la sentencia que anuló el plan, por lo que la empresa no ha ejercitado facultades de agentes urbanizador», indica «cuando se adquirió el suelo lo hizo sobre simples expectativas urbanísticas, libremente y por el precio que convino en los terrenos de naturaleza rústico», y añade que la firma « tampoco pudo realizar ninguna actividad o actuación con la finalidad de materializar su hipotético aprovechamiento urbanístico».

En base a este documento y a otros informes urbanísticos, la consellera desestimó en abril esta reclamación. Este conflicto puede seguir en los tribunales a través de la vía de lo contencioso. Por su parte, desde Marina d'Or han eludido explicar su reclamación.

La conselleria denuncia que «era habitual que los gobiernos del PP ignoraran la necesidad de tramitar la preceptiva evaluación ambiental estratégica a partir de la recepción en el ordenamiento jurídico español de la directiva 2001/42/CE, así como los informes de disponibilidad de recursos hídricos».