Se dice que los Autónomos son sin duda el sector que genera riqueza en un país. Por eso es muy importante cuidar al emprendedor, al que tomó esta opción porque la decepción de no encontrar trabajo lo llevó a ilusionarse y emprender su propio negocio. Este es el Autónomo olvidado, el desplazado, al que por tenerlo descuidado se convierte en DAMNIFICADO. Sin lugar a duda, al Autónomo se le debe dar un destacado protagonismo en nuestra Sociedad española porque su actividad es un potente generador de empleo y riqueza. Es por eso que no se debe limitar las condiciones al emprendimiento, al contrario, debe darse todas las facilidades empezando por el apoyo a la auto empleabilidad (trabajador por cuenta propia) para el buen desarrollo de la actividad que, entonces, llevará después a la contratación.

Es de sobra decir que si a un Auto empleado (autónomo / trabajador por cuenta propia) le va bien, la empresa crece. Y si la empresa crece es necesario contratar trabajadores. Es ahí donde el Autónomo se convierte en el protagonista para nuestra sociedad. Pero si los factores que le deben llevar a este punto son desfavorecedores porque la misma Ley solo lo contempla de forma parcial, muchos Emprendedores quedarán en el intento sin amortiguación alguna en su caída vertiginosa como ha venido sucediendo. Particularmente, en los años de crisis, este colectivo ha reivindicado una serie de medidas para mejorar su condición emprendedora para llegar a exentarse, o al menos, distanciarse de los riesgos que atañe el serlo.

Los autónomos han insistido en dejar de ser "los Supervivientes" de nuestra sociedad y han exigido nuevas medidas de apoyo para su desarrollo no solo para emprender sino también para aumentar su propio flujo dentro del mercado. En la naturaleza del Autónomo está la incertidumbre de sus ingresos; no son fijos. Oscilan y son inciertos. El Autónomo ha estado tributando su liquidez con imposiciones de cargas formales que les ha generado una dificultad a la hora de su fiscalización. El mismo sistema los ha situado en ser los punteros en la tasa de morosidad al otorgarles la mayor carga financiera del Impuesto sobre el Valor Añadido que, encima, han tenido que anticiparlo, para devengar los pagos de sus clientes sin haberlo cobrado. Hablemos de sus financiaciones bancarias. El Autónomo reúne un limitado patrimonio personal lo que esto dificulta a la hora de solicitar financiación bancaria además de que se les son exigidos la presencia de avales para su concesión sumando a ello unos costes elevados de financiación.

El Autónomo ha pedido apoyo para desarrollar nuevas medidas a su favor y Atendiendo a esto recientemente el Gobierno hizo Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo y saca la Ley 6/2017, de 24 de octubre y posteriormente hace el nuevo Real Decreto Ley 28/2018 de 28 de diciembre. Pero en su contenido; en TODO no entran todos y TODOS no se benefician. Es importante destacar, que aunque estas medidas presumen de ser "rescatadoras" no lo son. No dejan de ser unas medidas en la que se quedan desnudos algunos sectores del colectivo de AUTÓNOMOS. Por ejemplo: Al emprendimiento. Se reducen las cargas administrativas supuestamente adecuando el régimen de recargos a la hora de recaudar las cuotas para apoyar al Autónomo cuando se vea en "situaciones transitorias de dificultad económica". Así pues, se les "facilita" la cotización a la Seguridad Social "reduciendo" sus cargas administrativas siempre y cuando garantice la pervivencia de este. Quiere decir, que el Autónomo o Trabajador por cuenta propia que no demuestre una solvencia que le permita asegurar la continuidad de su negocio este no será beneficiario de esta reducción. Todos sabemos, hasta un niño de siete años, que tres menos dos son uno. Dicho de otra forma: Si María, madre soltera, tiene dificultad a la empleabilidad y, aunque bienvenida sean las ayudas sociales, no quiere vivir toda su vida de ellas por razones obvias como la AUTOESTIMA Y DIGNIDAD o sencillamente no son suficientes para vivir y pagar los estudios de sus hijos ni para garantizarles una mejor vida que la de ella y así poder aspirar a un futuro mejor; decide entonces montarse un negocio de "tejido a mano" con los mínimos recursos que su situación económica se lo permite y con la distancia de vislumbrar un acceso financiero causadas por su perfil carente en garantías.

En su negocio de "tejido a mano" lo da TODO: Cuerpo, Alma, Corazón y Vida. Es con lo único que cuenta. Se lo juega TODO a UNA. Entonces decide buscar ayudas al Emprendimiento y se encuentra con estas: A la Innovación Social; Al Inmigrante; A Jóvenes Emprendedores; A Mujeres víctimas de violencia de género; A las Víctimas al Terrorismo; A Discapacitados; Al entorno rural; A la creación de empleo indefinido; A Autónomos con negocios ya constituidos€ pero su perfil no reúne los requisitos de ninguna de ellas. No existe ninguna Ayuda al emprendimiento para personas que solo reúnen el perfil de "CORAJE".

María no puede acogerse a la reducción de cargas administrativas porque no tiene garantías a la pervivencia de su negocio. Acaba de emprender y necesita tiempo para consolidarse. Esta medida se antoja paradójica. Si un negocio de nueva creación Pervive en sus inicios es porque el emprendedor arrancó con un colchón económico suficiente para mantenerse en las primeras etapas que es donde se presentan los vaivenes hasta su consolidación.

Resumiendo. Los únicos beneficiarios de la reducción de cargas administrativas, en mi opinión, son los que MENOS LA NECESITAN. A personas como María le vendrían muy bien esas reducciones porque contribuiría a evitar la quiebra de su negocio. Pero no reúne el requisito. No puede garantizar la pervivencia de su negocio. Necesitaría ayuda para solicitar la AYUDA de reducciones. Pero la nueva e ilusionada emprendedora María se topa con otras paradojas de las Leyes del trabajo Autónomo: los recargos por ingreso fuera de plazo ante la Seguridad Social. Ella es ¿premiada? ¿castigada?

A María le es imposible ser puntual en sus pagos a la Seguridad Social, no porque no quiera sino porque no puede. Acaba de abrir su negocio, su producto aún no es del todo conocido pese a que ella busca todas las alternativas para promocionarlo con su limitado presupuesto económico. Los beneficios a su emprendimiento son bajos y en sus inicios no tiene una rentabilidad segura que le garantice la estabilidad. Desafortunadamente este factor la lleva a la morosidad. Pese a esta incertidumbre, María es consciente que su única alternativa laboral es seguir perseverando como Auto empleada. Eso es lo que tienen los Autónomos como María.

Si María sobre pasa el plazo establecido para hacer el ingreso, a ella le supone un castigo a modo de recargo de un 35 % de la deuda; pero si tiene suerte y se apresura, el castigo se reduce a solo un 20% de recargo de la deuda siempre y cuando María efectúe el ingreso antes de la terminación del plazo establecido en la reclamación de deuda o acta de liquidación que le envían a casa.

María se enteró, porque le dijo otra amiga también emprendedora, que en las Nuevas Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, se establece una medida de reducción al 10 % de la deuda de recargo a los ingresos atrasados si el pago se efectúa dentro del primer mes natural siguiente al vencimiento. Siempre y cuando haya la responsabilidad del cumplimiento a la obligación de transmitir las liquidaciones de cuotas a la Tesorería General de la Seguridad Social ya sea por medios electrónicos o a través de la presentación de los documentos de cotización.

María, por mas que quiera evitarlo, su situación siempre la situará en los recargos del 35% y con mucha suerte en el 20 %. ¿Qué pueden hacer los emprendedores cómo María para evitar estos castigos que son totalmente ajenos a ellos? Según la Ley... Nada. María ha optado cotizar por la base mínima. Le hubiera gustado cotizar mas alto como los de régimen General pero hace tiempo descartó esa opción ya que llevaba mas de 5 años sin que nadie apostara por contratarla. Razones varias pasaron por su cabeza la que mas protagonismo cobró fue la de ser mayor de 45 años.

Ella solo puede optar a este modelo de cotización debido a su vulnerable perfil: la cuota fija de 60 € durante los primeros 12 meses. Viene siendo una reducción en la cotización por contingencias comunes, que son las enfermedades no relacionadas con el trabajo; y la de contingencias Profesionales, que son las de Accidente de trabajo o Laboral y enfermedad profesional. También incluye la incapacidad temporal. Y nos volvemos encontrar con otra paradoja: Base de cotización muy baja para elevar la supervivencia del Autónomo durante su vida emprendedora pero con un precio muy alto a pagar que es nada menos el de tener una jubilación también de supervivencia. Mucho tienen que seguir "sangrando" los Autónomos como María para incrementar su base de cotización y ostentar a una jubilación digna y vivir el resto de sus vidas con La Paz que el sistema actual no les ha querido Otorgar.

Estas son las circunstancia por las que muchos de los Autónomos emprendedores motivados a serlo por la falta de empleabilidad por reunir un perfil excluyente tienen que pasar. Y entonces apartamos la cortina y nos encontramos a miles de Autónomos Damnificados que no tienen la segunda oportunidad de volver a reemprender. Aunque surjan programas para ello, siempre se encontrará una clausula que haga del programa una paradoja Social.

*Luz Casas es Presidenta de la Plataforma de Autónomos Damnificados PAD