La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un abogado a dos años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la profesión durante dicho periodo por quedarse con dinero de ayudas de un huérfano de una víctima de violencia de género.

Así, la sala le condena por un delito de estafa y, además, le impone una multa de 2.700 euros, le obliga a indemnizar a la víctima con 53.778,48 euros y declara la responsabilidad civil de una aseguradora hasta 18.000 euros y la responsabilidad civil subsidiaria de la Asociación española de víctimas de delitos violentos, terrorismo y violencia de género.

La sentencia considera probado que el acusado, en 2009, tras conocer la muerte de una mujer que fue asesinada por su esposo, contactó con el hijo de esta y se ganó la confianza del mismo tras presentarse como abogado y presidente de la Asociación española de víctimas de delitos violentos, terrorismo y violencia de género.

Así, le indicó que, no teniendo la asociación ánimo de lucro, estaba dispuesto a ayudarle de forma gratuita en todo lo que necesitara para defender sus intereses en el proceso penal seguido por la muerte de su madre, y para la tramitación de todas las ayudas disponibles de las administraciones públicas y entidades privadas.

La víctima, en la creencia de que el acusado le iba a prestar sus servicios de forma gratuita y por motivaciones puramente altruistas, en una hoja encabezada por la Asociación española de víctimas de delitos violentos, terrorismo y violencia de género, y los datos de esta, designó a dicha Asociación y a "su" abogado para el ejercicio de las acciones penales como acusación particular en el fallecimiento de su madre y para la tramitación de todas las ayudas disponibles.

Días después, y con el pretexto de tener que suscribir un poder para pleitos, el acusado manifestó a la víctima la necesidad de que acudiera a una determinada notaría de Castellón a firmar un apoderamiento, en favor de la referida asociación y del acusado, redactado según las instrucciones dadas por este.

El poder se firmó el 28 de abril de 2009. Con ello el acusado pretendía dotarse de una apariencia de legitimidad paratodos los actos de aprovechamiento y lucro propio que pretendía hacer con todas las indemnizaciones y ayudas que la víctima pudiera obtener como consecuencia de la muerte de su madre.

CONFIABA "PLENAMENTE"

La sentencia indica que, la víctima, con muy escasa formación, deprimida por la muerte de su madre y confiando plenamente en el acusado y en que este actuaba movido por motivaciones puramente altruistas, sin comprender el contenido y el alcance de aquel apoderamiento, se limitó a suscribirlo siguiendo las instrucciones recibidas.

En 2010, al término del juicio celebrado por la muerte violenta de la madre, cuando la víctima y su entonces novia estaban acompañando al acusado hasta la estación de tren, este le hizo ver la necesidad de que aperturaran una cuenta bancaria nueva, en la que aparecieran como titulares ambos, al objeto de gestionar mejor las ayudas eindemnizaciones que pudiera obtener, por lo que procedieron a la apertura de la misma.

Desde el 15 de julio de 2010 el acusado no volvió a ponerse en contacto con la víctima. Finalmente, se pudo comprobar que por resoluciones de 9 de diciembre de 2010 y de 16 de septiembre de 2011 de la Dirección General de costes de personal y pensiones públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, habían reconocido a la víctima dos ayudas por importes de 50.615,04 euros, y de 3.163,44 euros, respectivamente.

Dichas transferencias fueron ordenadas a la cuenta bancaria antes referida y, tras ser ingresado el dinero en la misma, el acusado se apropió de dichas cantidades. Dada la confianza plena que la víctima tenía en el acusado, aquel firmaba todos los documentos que el procesado le presentaba.