El TS ratifica que al alcalde de Paterna no debió recurrir la tasa de basura que derogó

Condena a Agustí a pagar 6.000 euros al ayuntamiento y avala la sentencia que tildó de "inútil" el pleito

Lorenzo Agustí.

Lorenzo Agustí. / Abelard Comes

cèsar garcia paterna

La Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado la legalidad de la tasa de basura que aprobó el anterior gobierno de Paterna (PSPV-EU) a finales de 2006 al desestimar el recurso de casación interpuesto por el actual alcalde del PP Lorenzo Agustí -lo hizo a título particular- y otros vecinos contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que avalaba el impuesto local.

El fallo del Alto Tribunal, adelantado por Levante-EMV el pasado sábado tras desvelarlo el PSPV y que hoy se dictamina en la comisión informativa de Gestión, confirma lo sentenciado por el TSJ, a finales de 2008, que consideraba un "pleito ya inútil" por parte de Agustí mantener el recurso judicial contra la tasa de basura de 2006 cuando fue él mismo quien la derogó como alcalde, en julio de 2007, nada más entrar a gobernar al ganar las elecciones.

El recurso de casación de Agustí ante el Tribunal Supremo alegaba que la sentencia del TSJ no entraba a dilucidar sobre el fondo de su recurso, que era el de una posible doble imposición de la tasa, pues el entonces portavoz del PP en la oposición mantenía que el recibo de la contribución ya asumió el coste de la eliminación de las basuras. El recurrente -Agustí y otras 150 personas- estimaba que se producía, al entrar sólo en la forma, una "incongruencia omisiva de la sentencia", que también "confundía la derogación de una norma con la anulación de la misma".

Tracking Pixel Contents