Medida
Pedralba multará con 3.000 euros coger fruta sin permiso del dueño para atajar los robos
Una nueva ordenanza crea una guía que servirá como comprobante de la procedencia legítima del producto y el derecho de recolectarlo

Pedralba multará con 3.000 euros coger fruta sin permiso del dueño para atajar los robos
a. s. | valencia
El Ayuntamiento de Pedralba ha aprobado una ordenanza que prevé multas económicas de hasta 3.000 euros a aquellas personas que recojan naranjas y todo tipo de productos agrarios sin el pertinente permiso de sus dueños.
La nueva normativa regula la implantación y uso de la Guía de Recolección de la Mercancía Agrícola en el término de la localidad de Los Serranos con el objetivo de adaptar la normativa a la realidad lastrada por los robos furtivos y su posterior comercialización, como indica la ordenanza por el pleno del ayuntamiento.
La principal novedad del texto radica en la creación de la guía que servirá como «comprobante de la procedencia legítima del producto y el derecho de recolectarlo y, en consecuencia, deberá ser exhibida en cualquier momento a requerimiento de la Guardia Civil, la policía rural o cualquier agente». En esa especie de ficha figurarán el nombre y apellidos del propietario, la denominación de la finca o polígono de donde proceden los productos agrarios, detalle del propietario, la partida, superficie, tipo de producto y variedad, la fecha de validez y firma del propietario y, por último, el nombre, apellidos y la matrícula del vehículo del recolector.
La ordenanza recoge fuertes sanciones a quienes infrinjan estas obligaciones con carácter leve, grave y muy graves. Además, la responsabilidad administrativa exigirá a los infractores -en el caso de aquellos bienes de uso o servicio públicos- a reponerlos a su estado original así como la indemnización de los daños y perjuicios causados, tras una valoración del arquitecto municipal.
Entre las infracciones leves cabe destacar la recolección de frutas o productos del campo sin la guía acreditativa de la legítima procedencia cuyo peso no supere los 50 kilogramos. En este las sanciones serán de hasta 750 euros como máximo.
Las infracciones calificadas como graves serán aquellas en las que tampoco se acredite la legítima procedencia de los productos cuyo peso oscile entre los 50 y los 150 kilogramos en total, con sanciones de entre 750 y 1.500 euros. Además, la comisión de dos infracciones leves en el plazo de un año tendrá la calificación de grave.
Por último, las sanciones muy graves se considerarán cuando se recolecten productos sin el pertinente permiso acreditativo sobre una mercancía que supere los 150 kilogramos de peso. Las sanciones oscilarán entre los 1.500 y los 3.000 euros en total.
La ordenanaza especifica que estas sanciones económicas no eximirán de las posibles responsabilidades civiles o penales.
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