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Máximo control de las viviendas turísticas

Adapta su normativa a la regulación que ha ido estableciendo en los últimos años la Generalitat

Dentro de la ordenanza del uso residencial comunitario, el ayuntamiento de Burjassot también ha incluido las catalogadas como viviendas turísticas. El municipio de l'Horta linda con el oeste de Valencia capital, y sus conexiones con transporte público la convierten en un municipio apetecible para alojarse y conocer los atractivos turísticos del cap i casal.

En este sentido, la nueva normativa aprobada en el pleno de marzo, y que ahora se encuentra en fase de alegaciones de exposición pública, se acoge a los diferentes decretos reguladores aprobados por la Generalitat en los últimos años en esta material. De este modo, Burjassot ya tiene regulado el uso de estos establecimientos, abriendo la puerta a que inversores y promotoras asienten sus proyectos en la localidad de l'Horta Nord. También aquellos particulares que quieran arrendar sus pisos por días o semanas para un fin turístico, aunque con matices.

Así, la ordenanza reguladora especifica que se permitirá una vivienda turística en un edificio, siempre que en la misma planta no existan piso habitables residenciales habituales. Además, los bloques y conjuntos de viviendas turísticas deberán disponer de un acceso independiente al resto de viviendas del edificio. Quedan excluidos los sótanos para este tipo de alojamientos, aunque sí podrán destinarse a almacenes, aparcamientos, lavandería o cuartos de instalaciones.

La ordenanza también contempla el posible cambio de uso de una vivienda habitual particular a la de carácter turístico. Para ello será necesario que se incorporen los servicios y zonas comunes propias de un uso residencial comunitario, además de disponer de la pertinente autorización municipal. A ello irá aparejado la necesidad de ofrecer plazas de aparcamiento de vehículos -uno por vivienda- así como de bicicletas, que en esta caso asciende a dos.

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