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La justicia avala que Gandia no devuelva los terrenos que ahora ocupa una plaza

El TSJ revoca una sentencia que daba la razón a los propietarios del Mirador del Serpis - El conflicto se cerró semanas atrás de mutuo acuerdo

La justicia avala que Gandia no devuelva los terrenos que ahora ocupa una plaza

El Mirador del Serpis, ese espacio que en poco tiempo se ha convertido en un emblema de Gandia por constituir un balcón desde el centro histórico hacia el cauce del río y la gran zona verde del parque de Ausiàs March, no se tendrá que devolver a los antiguos propietarios de los terrenos.

Este es el último capítulo, y el definitivo, del largo contencioso que el ayuntamiento ha mantenido con los dueños de los solares que, antiguamente, se encontraban entre los números 4 y 12 de la calle de les Carmelites. Todos estos inmuebles fueron expropiados en 2001 para destinarlos a dotaciones públicas.

Años después, al comprobar que el consistorio no había dado el uso público que anunció, algunos dueños trataron de recuperar sus parcelas. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de València no solo les dio la razón en 2015, sino que obligaba al ayuntamiento a devolver al suelo la condición de urbanizable.

Una devolución imposible

El ayuntamiento recurrió la sentencia argumentando la necesidad y funcionalidad de esta plaza y la imposibilidad material de devolver el suelo, una vez urbanizado, a sus antiguos propietarios.

El conflicto judicial se cerró hace unos días por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ), que ha estimado el recurso del ayuntamiento y señala que, en realidad, la expropiación fue legal y que el consistorio nunca debió ser obligado a devolver los terrenos.

Aunque durante el complejo proceso judicial, que se inició en el 2011, los jueces han reprochado la falta de decisión por parte del Ayuntamiento de Gandia en ejecutar y poner a disposición de la ciudadanía este espacio dotacional, la última sentencia destaca la plena y efectiva ejecución de una plaza pública y un espacio libre en pleno casco antiguo de la ciudad.

Pese a estimar el recurso del Ayuntamiento de Gandia, la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, también incide en la lógica necesidad de indemnizar a los antiguos propietarios por la ocupación de los terrenos desde el momento de su expropiación. Han sido 90.000 euros que, de mutuo acuerdo, se han abonado.

Suelo «de utilidad pública»

La sentencia del TSJ recuerda que en 1986 ese suelo fue catalogado «de utilidad pública e interés social» por el Plan Especial de Renovación y Mejora Urbana del Centro de Gandia (PERyMU). Cumpliendo con esa norma, el ayuntamiento asumía la obligación de adquirir este ámbito de suelo urbano en el que por entonces existía una planta baja y dos alturas junto con algún comercio y cuya degradación obligó a iniciar expedientes de declaración de ruina. La expropiación y el derribo de las casas se produjo en el año 2000 pero no fue hasta 2015 cuando se concretó y ejecutó la idea del Mirador del Serpis.

Por todo ello, la sentencia del TSJ que da la razón al ayuntamiento establece que el hecho de formar parte del dominio público, «hace imposible la devolución» de los terrenos, porque, según añade, «el cumplimiento de la sentencia equivaldría a entregar una plaza pública a un particular». La cuestión es doblemente importante porque, de no haber tenido más remedio que revertir la propiedad, el ayuntamiento no solo tendría que haber «retirado» lo construido en el Mirador del Serpis sino también restituir la condición del suelo inicial para que los propietarios pudiesen construir viviendas.

La resolución judicial ha dejado satisfechos a los responsables del departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Gandia y concluye otorgando a los antiguos propietarios el derecho a ser indemnizados por el valor del suelo expropiado, algo que ya se ha producido de mutuo acuerdo.

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