Los ayuntamientos recuperarán todo el protagonismo en el diseño del territorio municipal. Otra cuestión será que tengan técnicos, tiempo y dinero para desarrollarlo. Hasta ahora, tanto la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU) como la Ley Urbanística Valenciana han permitido al agente urbanizador "usurpar" a los ayuntamientos (que así también se ahorraban tiempo y dinero) la competencia local de diseñar y transformar el territorio. El agente urbanizador, autorizado por ley para redactar el planeamiento y la gestión urbanística, fijaba sus ojos en unos terrenos, diseñaba la propuesta, y se la servía en bandeja al ayuntamiento que, a cambio de aprobarla, incluso podía conseguir una piscina cubierta o cualquier otra mejora para el municipio en este proceso. En algún municipio la promotora ha llegado a redactar el plan general. Los ayuntamientos tenían siempre la última palabra, pero era la iniciativa privada la que promovía y ejecutaba. Es este proceso ("perverso" para algunos) el que se ataja de raiz en el artículo 2 del borrador de la "Reforma de la Legislación Urbanística" que regula la "actividad urbanística del planeamiento" (el plan general, el diseño territorial de un municipio). "Las administraciones públicas -se asegura en el borrador- competentes para formular, tramitar y aprobar instrumentos de planeamiento urbanístico (los ayuntamientos, la Generalitat...) no podrán celebrar con personas jurídico-privadas (empresas y particulares) convenios que tengan por objeto, o que se refieran de cualquier forma, a la ordenación objeto de dichos instrumentos". l. b.valencia