El Tribunal Constitucional ha ordenado reabrir la investigación de la denuncia por torturas que presentó la etarra detenida en Valencia Sara Majarenas, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Levante-EMV. La investigación la archivó un juez de Instrucción de Valencia y la decisión la ratificó la Audiencia Provincial. Los magistrados del Constitucional consideran ahora que se vulneró el derecho a la tutela judicial de la denunciante.

Sara Majarenas fue detenida en Valencia el 17 de febrero de 2005 junto a Mikel Orbegozo cuando intentaban cometer un atentado. Horas después fue conducida al Hospital General de Valencia donde se le diagnosticó "mareo específico" y "posible ansiedad". Ocho horas más tarde fue reconocida por un médico forense que reflejó en su informe que la detenida decía que se encontraba bien, pero que le habían "pegado en la cabeza". Al día siguiente la trasladaron a Madrid.

La arrestada interpuso dos meses después una denuncia en la que aseguró que había sufrido malos tratos en Valencia y en Madrid. La terrorista, que fue condenada a trece años de cárcel, precisó que había recibido "empujones en la cabeza, tirones de los pelos, amenazas, y golpes y puñetazos por todo el cuerpo".

La causa fue sobreseída por el juez de Instrucción de Valencia, que llegó a la conclusión de que la etarra intentaba "minar la labor que día a día realizan los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el ejercicio legítimo de sus funciones". La Audiencia ratificó la decisión del juez al tener en cuenta el "informe médico" que contradecía los hechos denunciados.

La sentencia del Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Delgado Barrio, advierte de que la denuncia tiene la "suficiente gravedad" como para ser investigada y resta importancia al hecho de que fuera presentada dos meses después del arresto de la etarra.

El fallo incide en que la ausencia de signos de agresiones físicas en los informes médicos realizados en Valencia "carece de la fuerza suficiente para despejar toda sospecha". Además, apunta que tampoco se ajusta a la realidad las afirmaciones del juez y de la Audiencia de que la detenida no había comunicado al forense los malos tratos porque en el parte se podía leer: "Indica que está cansada y que le han pegado en la cabeza".

Derecho a la integridad física

La sala considera que "no se ha colmado la exigencia de una investigación "eficaz" que impone el derecho a la integridad física y moral, y a no sufrir tratos inhumanos o degradantes. Tal exigencia no comporta la práctica de todas las diligencias de investigación posibles, pero sí que se lleven a cabo las que sean necesarias para despejar las sospechas". Los jueces recuerdan que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España en septiembre por un caso similar con el etarra Mikel San Argimiro.