El Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Vinaròs (Castelló) ha dado traslado al Ministerio Fiscal y a la parte acusadora (Gecén) para que soliciten la apertura de juicio oral contra los responsables de tres empresas --la constructora Forsen S.L., la inmobiliaria Senia y el restaurante La Font de San Pere-- por unas obras realizadas para construir un parking en dicho restaurante, ubicado en el término municipal de Ballester; en una zona de suelo no urbanizable y que está en la zona de influencia del Parque Natural de la Tinença de Benifassà.

Según señala el auto, consultado por Europa Press, en la zona antes mencionada, se llevaron a cabo unas obras en 2008 como la remodelación del parking del restaurante Font de San Pere, "descapando, rebajando, nivelando y compactando el terreno, así como una limpieza de maleza y poda de algunos árboles del cauce del río Cenia, a la altura de la carretera CV-105 y construyendo un muro de contención con piedra escollera posteriormente proyectada con cemento".

Las obras las realizó la empresa Forsen S.L., contratada por el propietario y representante legal de la Inmobiliaria Senia S.L., quien actuó por encargo de la propietaria del restaurante La Font de San Pere.

El auto de incoación de procedimiento abreviado señala que los hechos relatados pueden ser "constitutivos de delito" que se puede castigar con una pena privativa de libertad no superior a nueve años de prisión o bien otras penas comprendidas en el artículo 757 de la LECRIM.

En un comunicado, la organización ecologista Gecen ha destacado que la zona donde se han realizado las obras es de "alto valor medioambiental y paisajístico".

En este sentido, ha recordado que en esa zona, antes de las obras "existía antes de las obras" la única población de mirlo acuático (Cinclus cinclus) que nidificaba en el río Sénia. Este ave es "muy escasa" en la provincia de Castellón, con entre cuatro o cinco zonas de nidificación.

El mirlo acuático está clasificado como especie vulnerable e incluida en el Catalogo Nacional de Especies Amenazadas. En este sentido, la organización ha denunciado que tras las obras, el mirlo acuático "no ha vuelto a nidificar" por lo que la asociación exige responsabilidades, restauración del hábitat de inmediato y seguimiento de la especie. Sí se ha detectado el cangrejo autóctono (clasificado en peligro de extinción) y la presencia puntual de la nutria.

Se da además la circunstancia de que dicha zona sufrió un incendio forestal en 2001, tal como consta en la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. Cualquier proyecto urbanístico es inviable en aplicación de la Ley Forestal y la Ley del Suelo No urbanizable. Es decir, está prohibido quemar para después urbanizar, ha agregado.