La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado el auto de procesamiento del exsecretario general de Radio Televisión Valenciana (RTVV) Vicente Sanz, por un supuesto delito de abuso sexual en el trabajo contra tres empleadas del ente público, al considerar que la procedencia de esa resolución judicial es "incuestionable".

En un auto fechado el 28 de noviembre contra el que no cabe recurso, y consultado por Europa Press, la Audiencia desestima el recurso de revocación del auto de procesamiento interpuesto por Sanz, que alegaba que se encontraba a la espera de la práctica de determinadas diligencias. Dicho auto fue dictado en junio de 2011 por el juzgado de instrucción número 1 de Paterna (Valencia) y parcialmente modificado en febrero de 2012, cuando se sumó al presunto delito de abuso sexual, a petición de las denunciantes, los de acoso y amenazas.

Ahora, la Audiencia confirma esa decisión y recuerda que, según contempla la ley, el procesamiento de una persona se realiza "desde que resulte del sumario algún indicio de criminalidad". "El auto de procesamiento, por tanto, es una resolución atributiva al procesado de un determinado status como parte procesal, que formaliza contra el mismo interinamente una imputación suficiente para justificar la adopción de medidas cautelares dentro del proceso y para poder determinar posteriormente el tribunal (...) la presencia o no del reproche de culpabilidad", argumenta.

"PILARES MÍNIMOS"

Este órgano judicial entiende además que el auto recurrido por Sanz "se dicta sobre los pilares mínimos" y "sobre las base de la valoración de las diligencias practicadas" --entre las que cita "declaraciones de las víctimas y testigos y del propio procesado", pruebas periciales, vídeo y contenido de teléfonos móviles-- "y que apuntan, a los efectos de dicho auto, a que el imputado se habría servido del cargo que ocupaba en el ente de RTVV para obligar a varias empleadas a mantener contactos sexuales inconsentidos, a los que condicionaba su permanencia en el puesto de trabajo".

"La procedencia del auto de procesamiento, por tanto, es incuestionable", asevera la Audiencia, que añade, respecto a la "preocupación" expresada en el recurso de Sanz, que su existencia "no impide que se continúen practicando diligencias, ni que tras ellas, se pueda rectificar total o parcialmente el mismo".