El conductor kamikaze que en 2003 causó un accidente mortal cuando circulaba en sentido contrario por la autopista AP-7 en Polinyà del Xúquer (Valencia) se ha personado en el recurso ante el Tribunal Supremo presentado por la familia de la víctima en contra de su indulto, que le condonó 13 años de prisión.

Según ha informado a EFE el abogado de la familia de la víctima mortal, Agustín Ferrer, el kamikaze está asistido en su iniciativa por el mismo despacho de abogados que le defendió en la causa, el de la firma Uría Menéndez.

La Agencia EFE se ha puesto en contacto con este gabinete de letrados, que ha declinado realizar declaración alguna sobre sus clientes.

La familia del fallecido interpuso hace tres meses un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Supremo en contra de la medida de gracia adoptada por el Consejo de Ministros en diciembre del pasado año, en la que se conmutaba la pena de cárcel al kamikaze por una multa de 4.000 euros.

De este modo, trata de agotar "todas las vías posibles" para la revocación de una resolución que en su opinión "no tiene razón de ser", aunque es consciente de que nunca antes se ha rectificado un indulto.

Según ha explicado Ferrer, una vez se presenta un recurso de esta tipología se da traslado a la Abogacía del Estado, que "puede entonces ofrecer un informe favorable a la nulidad del indulto, para que así lo resuelva también el Supremo.

Actualmente, ha indicado, el recurso se encuentra en fase de formalización y la personación del kamikaze les ha causado "sorpresa".

El Supremo ha decidido abordar el asunto en un pleno, en vez de en secciones, como es habitual, lo que para la familia significa que "al menos ha suscitado interés y lo debatirán todos los magistrados".

La familia del fallecido presentó también un recurso de reposición contra el acuerdo del Consejo de Ministros de indulto al conductor, en el que argumentaba la "falta de equidad, motivación y proporcionalidad" de una resolución "con todos los informes de Fiscalía, Audiencia Provincial y víctimas en contra".

Frente al recurso judicial ante el Supremo, este otro suponía una petición administrativa para reclamar al propio Consejo la anulación del acto de concesión del indulto, pero éste fue denegado por silencio administrativo.