Un juez ve discriminatorias las multas por ruido mientras se permita la Fórmula 1
El magistrado promueve ante el TSJ una cuestión de ilegalidad de la ordenanza de contaminación acústica por el artículo que exime de su cumplimiento a las celebraciones festivas y deportivas

Turistas asiáticas se tapan los oídos durante el disparo de una "mascletà" de las Fallas de Valencia. / biel aliño/efe
h. garcía valencia
Las multas impuestas por la Policía Local de Valencia por exceso de ruido, en concreto, por llevar la música del coche alta podrían quedar anuladas a instancias de una sentencia del Juzgado número 9 de lo contencioso-administrativo que invalida una de estas sanciones por considerarla anticonstitucional. La sentencia da la razón a un joven que fue sancionado en junio del año pasado con 2.400 euros y recurrió por entender que este tipo de sanciones resultan discriminatorias en relación al ruido producido por los coches de la Fórmula 1 o por celebraciones como las Fallas.
La sentencia, de 31 de mayo de 2013, no sólo anula la sanción. El juez va más allá y promueve una cuestión de ilegalidad de parte de la ordenanza municipal del ruido de Valencia ante el Tribunal Constitucional de la Comunitat, lo cual podría anular los expedientes sancionadores en curso por este tipo de infracciones.
Según el juez la sanción de 2.400 euros impuesta a un estudiante el 29 de junio de 2012 por estacionar con su coche en el Paseo de Neptuno y dejar la música encendida con las ventanillas abiertas es contraria a los artículos 14 y 15 de la Constitución, que establecen que todos los españoles son iguales ante la ley.
La resolución considera que la ordenanza municipal contra la contaminación acústica del Ayuntamiento de Valencia contraviene este precepto constitucional por su artículo 65.2 que regula las excepciones en el cumplimiento de la ordenanza y exime de la misma a las celebraciones festivas como las Fallas y la Nit de Sant Joan, así como "los eventos deportivos con vehículos a motor", en especial, el campeonato de Fórmula 1.
El abogado del joven denunciado por la policía, Juan Toledo, aseguró a este diario que la sentencia cuando se declare firme puede sentar un precedente que abriría la puerta a la anulación de numerosas multas por ruido actualemente en curso. Para el letrado "es claramente anticonstitucional por discriminatorio que una ciudad permita pruebas de automóviles de Formula 1 sin ser una tradición histórica ni una costumbre, con un exceso de ruido que vulnera toda la legislación europeo y nacional, y en cambio sancione a los particulares que llevan la música del coche alta".
Los agentes de la Policía Local de Valencia impusieron 57 multas de 2.400 euros entre junio de 2011 y marzo 2012 a personas que llevaban la música del coche alta con el añadido de tener las ventanillas bajadas y el maletero abierto y el agravante de nocturnidad. La mayoría de sanciones se registraron en zonas vinculas a la práctica del botellón, como el paseo Neptuno, la avenida de Aragón, la gran vía Ramón y Cajal y la calle San Vicente.
La sentencia del juzgado número 9 de lo contencioso no es recurrible, si bien el Ayuntamiento de Valencia tendría intención de hacerlo, según se desprende de la solicitud de aclaración de sentencia que presentó este martes.
Inadmisible falta de objetividad
La sentencia supone un varapalo para la actuación de la Policía Local y asegura que resulta "de todo punto inadmisible" que los agentes de la policía local puedan castigar hasta con 6.000 euros de multa a una persona que esté en el interior de su coche escuchando la radio si el agente considera que el volumen está demasiado alto. "Una circuntancia que dependerá de la agudeza auditiva, sensibilidad o apreciación subjetiva del agente" de la policía, pues la mayoría de estas sanciones e interponen sin que se hayan realizado mediciones con sonómetro que acrediten la superación del nivel de ruido permito por la ordenanaza municipal.
La ordenanza municipal de Valencia considera que llevar la música del coche alta es una infracción grave de la normativa lo cual está castigado con sanciones económicas que van de 600 a 6.000 euros. La imposición de este tipo de sanciones está aparejada a un fenómeno muy extendido en Valencia como es el botellón que, alentado por las buenas condiciones climáticas, se produce durante casi todo el año pero con especial incidencia en verano.
No es la primera vez que un juzgado anula una multa de la policía local de Valencia por llevar la música del coche demasiado alta. Recientemente, el juzgado de lo contencioso-administrativo número dos de Valencia anuló una sanción de 2.400 euros por falta de pruebas.
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