El comité de Derechos y Garantías del PP, formado por diez miembros y presidido por el diputado y alcalde de Sagunt, Alfredo Castelló, sentenció en tres horas el futuro de Blasco. Las declaraciones del exsíndic en un programa de televisión centraron la reunión, pero no hubo visionado de las imágenes, sino que se estudió la transcripción de las declaraciones.

Según fuentes del partido, la referencia de Blasco a miembros del PP como «melindres» ha irritado sobremanera, y se entiende como una «descalificación». También el comentario sobre las directrices de Presidencia a la Abogacía de la Generalitat.

Los estatutos del partido estipulan como falta muy grave «toda manifestación hecha con publicidad, que incite al incumplimiento o descalificación de las decisiones válidas y democráticamente adoptadas por el partido o los grupos institucionales». También se condena la «manifiesta deslealtad al partido».

La infracción muy grave, según el reglamento, se pena con la suspensión de militancia entre cuatro y seis años y la inhabilitación para desempeñar cargos en el partido o en representación de éste.

El comité disciplinario, que no facilitó los argumentos, emitió un breve comunicado explicando la incoación del expediente disciplinario por faltas graves y muy graves, y las dos medidas cautelares: suspensión de militancia e inhabilitación para ser diputado. La decisión, apuntaron, se tomó por unanimidad y sin discrepancias. Un minuto antes de lanzar el comunicado, Alfredo Castelló telefoneó a Blasco para informarle de la apertura del expediente, la primera comunicación que recibía.

Cabe aclarar que será el comité de Derechos y Garantías del PP nacional, como mandan los estatutos, el que aplique esas medidas cautelares propuestas desde Valencia, un trámite que sucederá los próximos días. Con todo, el expediente disciplinario se desarrollará desde la calle Quart.

Un instructor (escogido entre los miembros del comité) deberá formular los cargos, establecer las pruebas a practicar y trasladarlo a Blasco para que aporte las pruebas que considere oportunas. Una vez practicadas, el instructor propondrá el archivo del expediente o la sanción, posiblemente la expulsión. Todo debe quedar resuelto en dos meses desde el inicio del expediente, es decir, antes de septiembre.