Los jueces dejan sin indemnización a un preso por una violación que no cometió
La Audiencia Nacional considera que no tiene derecho porque la víctima lo identificó por error
ramón ferrando valencia
La Audiencia Nacional ha dejado sin indemnización a un inmigrante que estuvo seis meses en prisión por una violación en Valencia que no cometió. Los magistrados consideran que no tiene derecho porque la víctima lo identificó por error y "no se ha producido un mal funcionamiento de la Administración". El hombre ingresó en la cárcel junto a otro inmigrante que fue procesado por la misma violación y que también resultó absuelto. Los dos acusados, de nacionalidad portuguesa y nigeriana, fueron excarcelados en junio de 2009 cuando las pruebas de ADN confirmaron sin margen de error que no eran los agresores. A pesar de ello, la víctima mantuvo la acusación y los sentó en el banquillo.
La Audiencia de Valencia consideró probado que la denunciante fue violada por dos personas sobre la 1.30 horas del 30 de julio de 2008 cuando se encontraba con su novio en el viejo cauce del Túria bajo el puente de la Trinidad. Uno de los agresores, según recoge el apartado de hechos probados de la sentencia, amenazó a la pareja con un trozo de cristal y el otro utilizó una navaja. La sentencia precisó que primero la violó uno de los agresores y después el otro. El novio no pudo hacer nada para evitar la doble violación. Los dos autores robaron a la pareja y huyeron por el puente de Serranos.
La mujer denunció los hechos a la policía, que seis meses después arrestó a los dos imputados. Los acusados permanecieron en prisión desde el 7 de enero de 2009 al 26 de junio de 2009. La sentencia advirtió de que "las fracciones seminales encontradas" en la vagina de la víctima era incompatibles con los perfiles genéticos de los acusados.
Uno de los dos procesados decidió reclamar una indemnización por los 200 días que pasó en prisión preventiva. El hombre reclamaba 180.000 euros en concepto de daños y perjuicios por el "anormal funcionamiento de la Administración de Justicia".
Escasa iluminación
La Audiencia Nacional insiste en el fallo en que el recurrente no tiene derecho a percibir ni un euro de indemnización porque fue encarcelado por la denuncia de la víctima. Los magistrados destacan que la víctima se equivocó por la escasa iluminación que había en el jardín del Túria y debido al estado de conmoción en que se encontraba.
Los jueces de la Audiencia de Valencia que absolvieron a los dos procesados ya advirtieron de que no dudaban de la versión de la víctima al no hallar "ningún interés torticero" para que incriminara a los acusados. El examen médico al que fue sometida confirmó que había sido violada y los policías que la asistieron explicaron que se encontraba conmocionada tras la doble agresión sexual. La Audiencia Nacional admite que el procesado estuvo injustamente en prisión porque las huellas halladas no eran de él, las muestras de semen eran incompatibles con su ADN y los restos celulares de una gorra que llevaba uno de los agresores tampoco coincidían con su perfil genético. Sin embargo, la sala incide en que no se produjo un mal funcionamiento en la Administración.
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