Revisan la pena a las sanitarias que dieron 10 veces la dosis precisa a un enfermo de cáncer

La acusación particular reclama que los hechos sean considerados un homicidio por imprudencia

r. ferrando valencia

La Audiencia de Valencia celebró ayer una vista para resolver el recurso contra la sentencia del juzgado de lo Penal número cuatro que condenó a dos enfermeras y a una farmacéutica del Hospital Clínico por administrar 10 veces la dosis de quimioterapia que le habían prescrito los médicos a un paciente de cáncer de páncreas que falleció pocos días después, en el mes de octubre de 2005. La magistrada que resolvió sobre el caso llegó a la conclusión de que no existió un "simple error científico" sino "una falta de diligencia grave y extrema", aunque entendió que las acusadas no eran responsables de homicidio. La juez absolvió a una cuarta acusada y condenó a las otras tres por un delito de lesiones por imprudencia.

La acusación particular recurrió contra el fallo y reclama que las imputadas sean condenados por un delito de homicidio por imprudencia. La familia entiende que la muerte del paciente sí que está vinculada con la negligencia de las sanitarias. El presidente de la Sección Segunda dio a las cuatro procesadas la posibilidad de alegar lo que quisieran. Las cuatro -las condenadas y la absuelta- rechazaron esgrimir nuevos argumentos en su defensa e insistieron en que quieren pasar página tras "muchos años de angustia".

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