La Abogacía de la Generalitat considera que la hipotética declaración de nulidad del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Radio Televisión Valenciana (RTVV) «no debería ser causa de resolución del contrato programa» dado que esta entidad presta un servicio público «esencial» de radio y televisión.

Así consta en el informe emitido por este órgano, facilitado por EUPV, sobre el contrato programa suscrito entre la Generalitat y RTVV firmado el pasado 9 de julio por el vicepresidente del Consell, José Císcar, y la directora general del ente, Rosa María Vidal, que establece las directrices de la gestión de este servicio público para el período 2013-2015.

El portavoz adjunto de Esquerra Unida en las Corts, Ignacio Blanco, lamentó ayer tras tener acceso a este documento que el Consell «hizo caso omiso de la Abogacía para incluir la nulidad del ERE como causa de resolución del contrato-programa de RTVV» y «prevaleció la voluntad política del PP de cargarse la radiotelevisión pública valenciana por encima del criterio jurídico».

La Abogacía emitió un primer informe el 22 de abril sobre un primer borrador del contrato-programa en el que ponía de manifiesto algunas «carencias» en cuanto al contenido mínimo exigido legalmente para el contrato-programa y, según ha indicado Blanco, el segundo informe con fecha 10 de junio, da por solventadas algunas de ellas «pero sigue exigiendo mayor detalle en la previsión y cuantificación de las inversiones y en la optimización de recursos».

No obstante, el aspecto más relevante del último informe de la Abogacía tiene que ver con la cláusula 19, que contempla la nulidad del ERE como causa de resolución del contrato-programa. En este sentido, señala que «dado que el servicio público de radio y televisión es un servicio esencial que ha de prestarse por parte de RTVV, no debería ser causa de resolución del contrato-programa la declaración de nulidad del ERE».