El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el exalcalde de Torrevieja Pedro Hernández Mateo contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) que lo condenó a tres años de cárcel y siete de inhabilitación por irregularidades en el contrato de las basuras en 2004.

El grupo municipal de Els Verds ha facilitado esta tarde una sentencia dictada el pasado día 11 por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) que desestima el citado recurso de Hernández Mateo contra la resolución emitida en noviembre de 2012 por el TSJCV, que lo condenó por los delitos de falsedad en documento oficial y prevaricación.

En la sentencia, el TS condena al recurrente al pago de las costas ocasionadas y establece que se comunique su resolución al TSJCV a los efectos legales oportunos, con devolución de la causa.

En la vista del recurso del exalcalde de Torrevieja, celebrada el pasado 8 de octubre, el fiscal del Supremo solicitó al tribunal que confirmara la condena para Hernández Mateo por cometer falsedad y prevaricación en la adjudicación, en 2004, del contrato de recogida de basuras, valorado en 97,8 millones de euros.

Por su parte, el abogado defensor expuso en esa vista que no solo no hubo delitos, sino que ni tan siquiera se produjeron "ilegalidades administrativas".

La defensa adujo también que la decisión de adjudicar el contrato de basuras no fue del alcalde, sino de la Junta de Gobierno Local (por unanimidad), sin que ninguno sus miembros haya declarado que le manipularan.

Tanto el fiscal como la acusación particular respondieron a los argumentos del defensor que si se examina el conjunto del procedimiento se ve cómo Hernández Mateo recurrió a "inventos", "tretas" y vulneraciones de las leyes para simular un procedimiento legal.

Según el fiscal, un examen de conjunto de todas las actuaciones del alcalde pone de manifiesto con claridad que participó en el proceso de decisión de un contrato muy importante para lograr la adjudicación a la unión temporal de empresas (UTE) "Necso Entrecanales-Grupo Generala de Servicios".

La causa se inició en enero 2007 a raíz de la denuncia presentada por Los Verdes de Torrevieja y, aunque en un principio fue llevada por el juzgado de instrucción número 4 de la localidad, éste después se inhibió a favor del TSJCV por la entonces condición de aforado de Hernández Mateo, quien era diputado en Les Corts.

Tras seis años de instrucción en el juzgado de Torrevieja y en la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, ésta última dictó sentencia condenatoria el pasado 30 de noviembre de 2012.

Según la sentencia del TSJCV, el exalcalde manipuló el proceso de adjudicación mediante un complejo sistema para conseguir un solo objetivo: adjudicar el contrato a una unión temporal de empresas (UTE).

A este respecto, el Tribunal Supremo expone que había informes técnicos internos contrarios a la adjudicación que el recurrente propuso en la reunión de la mesa de contratación de 24 de febrero de 2004.

En oposición al sentido de esos informes, se aportó otro externo elaborado tras designación directa, simulando haber acudido al procedimiento negociado sin publicidad.

El Supremo indica que, además, hubo alteración del número de miembros de la mesa de contratación para asegurar el voto favorable o, en su caso, obtener una mayoría más holgada a favor de la propuesta de adjudicación que el recurrente venía defendiendo desde el primer momento.