El expediente de regulación de empleo (ERE) en Radiotelevisió Valenciana (RTVV), que supuso el despido de casi mil empleados, no ha sido tan «impecable» como el vicepresidente de la Generalitat, José Císcar, ha repetido en los últimos meses. Basta una lectura de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ) a los recursos presentados por los sindicatos CC OO, CGT, Intersindical y UGT para apreciar media docena, al menos, de irregularidades en el proceso: desde su diseño y negociación „«los términos del despido colectivo estaban acotados de antemano», sin margen para aceptar «otros remedios menos traumáticos»„ hasta el episodio final del rescate de 186 técnicos, decidido y aplicado por la actual directora general de RTVV, Rosa Vidal.

No hay mirlos blancos tampoco, por tanto, se deduce de la resolución. Ni sirven asimismo los cambios de directores (tres diferentes en el año del ERE) ni la demora en la privatización de contenidos como «circunstancias sobrevenidas» que justifiquen la «imprevisión» en la toma de decisiones durante el proceso.

Sobre el inicio del ERE, la sala presidida por Francisco Pérez Navarro califica los criterios de selección de los afectados de «ambiguos, subjetivos y genéricos». Ve «relevante» además que no se diera durante la negociación la lista de trabajadores a despedir (con nombres) y su fecha de salida. Y es contundente al valorar que los criterios para echar a la calle fueran unos en el ente y otros en la televisión y la radio. «No encontramos justificación ni explicación razonable», dice.

Con todo, los puntos donde observa vulneración de derechos fundamentales „y en ello sigue lo indicado por el fiscal durante el juicio„ es que estos criterios se modificaron durante el año del ERE. La sentencia constata así una «evidente y clara alteración de los listados» de personas a despedir, un hecho en el que incurrieron los tres directores generales y que «vulnera el principio de igualdad». E incide en el caso «aparte» de los 186 técnicos repescados por Vidal, salvados solo por «un criterio temporal» (estaban aún en la empresa el pasado mes de agosto).

Pero la sala también subraya que el periodo de consultas de un ERE «no es un mero requisito» y RTVV «omitió información relevante» y no concretó la baremación para el despido a los afectados.