La definición de «valenciano» como «variedad del catalán, que se usa en gran parte del antiguo reino de Valencia y se siente allí comúnmente como lengua propia» que ofrece la Real Academia Española no soportaría el análisis del Consell Jurídic Consultiu (CJC), a la vista de su reciente dictamen.

Fundamentalmente, porque la RAE no lo considera un idioma, tal como afirma el Estatut d'Autonomia, que dice que «la lengua propia de la Comunitat Valenciana es el valenciano».

Frente a ello, la autoridad lingüística del español califica la lengua vernácula de «variedad» de otra (el catalán) y lo más que llega es a decir que es sentida como lengua propia en el reino de Valencia.

Así que se podría colegir que si alguien pidiera al Jurídic un dictamen sobre la entrada del diccionario de la RAE concluiría que es «extravagante» desde el punto de vista legal, como ha hecho con la de la AVL. Ese mismo adjetivo, «extravagante», es el que el CJC usa para calificar la comparación del caso del valenciano con el de los nombres español y castellano. a. g. valencia