El Tribunal Superior de Justicia ha impuesto la primera condena ejemplar contra la corrupción en la Comunitat Valenciana a la cúpula de la extinta Conselleria de Solidaridad por el saqueo de fondos públicos bajo la dirección de Rafael Blasco. La sala ha condenado al exconseller Blasco a ocho años de prisión, al empresario Augusto César Tauroni a ocho años, al subsecretario autonómico Àlex Català a cuatro años y seis meses, a la secretaria general Tina Sanjuán a siete años y medio, al exjefe de gabinete Xavier Llopis a tres años, al presidente de la Fundación Cyes Marcial López a cuatro años y a su compañera sentimental a tres años y medio. El exdirector general de Cooperación Josep Maria Felip es el único que se ha librado de una condena de cárcel, aunque ha sido sentenciado a siete años de inhabilitación. La Fiscalía no va a pedir el ingreso en prisión de los condenados hasta que el Supremo resuelva el recurso que van a presentar los abogados defensores. El Supremo, según fuentes jurídicas, podría resolver en seis meses y si confirma la condena el ingreso en prisión de Blasco será inevitable.

El exconseller dirigió el saqueo de fondos

La sala compuesta por los magistrados Pilar de la Oliva, Juan Climent y Antonio Ferrer considera probado que el exconseller Rafael Blasco fue el director del saqueo de fondos públicos y con el fin de lograr sus propósitos «no dudó en recurrir a cualquier maniobra». Los jueces apuntan en el fallo que el empresario Augusto César Tauroni obtuvo en connivencia con Rafael Blasco un 25 % de la subvención de 1,6 millones de euros de ayuda a Nicaragua de la que solo llegaron a su destino 47.953 euros. El fallo subraya que no hay pruebas de que Blasco se quedara parte del dinero. De hecho, el fiscal no acusaba a Blasco de apropiación indebida.

Colaboración de su cúpula

Blasco, según el apartado de hechos probados de la sentencia, contó con la colaboración de su equipo directivo para cometer los delitos de malversación, prevaricación, falsificación documental y tráfico de influencias. La secretaria general de la conselleria logró que las dos subvenciones fraudulentas siguieran su curso a pesar de la oposición de los técnicos que excluyeron a la Fundación Cyes del proceso porque no cumplía los requisitos de experiencia previa y de concurrencia con otra ONG.

Presión de Blasco para que aceptaran a Cyes

Una de las claves esenciales del caso han sido la declaración de los técnicos que debían aprobar las ayudas y que se negaron a someterse a las presiones de Blasco. El exconseller les ordenó que modificaran sus conclusiones, sosteniendo que él era «el máximo intérprete de las bases». Los técnicos aceptaron que se concedieran la subvención a la Fundación Cyes cuando les entregaron documentos falsos que acreditaban la experiencia de la entidad.

El objetivo primordial de la Fundación Cyes eran los pisos

La sentencia censura el comportamiento del presidente de la Fundación Cyes sin relación con la constructora por aprovecharse de las ayudas a los más necesitados. El fallo apunta que Marcial López ha convertido la cooperación en su medio de vida para lo que no duda en acudir a cualquier tipo de manipulación para desviar en beneficio propio los fondos públicos. El apartado de hechos probados destaca que el objetivo fundamental que perseguía con las subvenciones era la adquisición y acondicionamiento de unos inmuebles para establecer la sede de su negocio. La Fundación Cyes compró tres inmuebles y un garaje en la avenida Ausias Marcha 79 con el dinero de las ayudas.