El juzgado de Primera Instancia número 12 de Valencia ha rechazado cerrar la página web www.calatravanonoscalla.com utilizada por EUPV para realojar sus denuncias sobre el arquitecto Santiago Calatrava que anteriormente se exponían en la web www.calatravatelaclava.com y cuyo dominio fue considerado como intromisión ilegítima al derecho al honor de Calatrava.

Así consta en un auto, facilitado por EUPV, en el que el juez desestima la petición de Calatrava de completar y ampliar la sentencia que dictó el 15 de mayo, por la que se condenaba a la formación política a pagar 30.000 euros por haber causado intromisión ilegítima al utilizar el dominio www.calatravatelaclava.com. Sobre el contenido, señalaba que se ajustaba al derecho fundamental de libertad de expresión y de información.

En su solicitud, el arquitecto valenciano reclamaba que se le prohibiera a EUPV la utilización del nombre o apellido de Santiago Calatrava con el único objeto de denigrarle, y que se abstuviera de utilizar otros dominios de internet que contuvieran la misma o similar expresión injuriosa objeto de las actuaciones.

A su entender, "de nada sirve obligar a cerrar una página web si al día siguiente se abre otra igualmente conculcadora del derecho fundamental que se trata de preservar". Se refiere a la nueva web www.calatravanonoscalla.com.

"En el ámbito de internet --agrega la demandante-- únicamente es posible atajar las intromisiones ilegítimas, es decir, lograr la efectividad de la sentencia, mediante la condena a cesar en la utilización de cualquier nombre de dominio que contenga elnombre de Calatrava u otro similar o que pudiera referirse o permitir la identificación del arquitecto".

"CON SUFICIENTE CLARIDAD"

El juez, tras estudiar esta solicitud, la desestima al entender que se puede deducir "con suficiente claridad" que las cuestiones que ahora trata de introducir la parte de Calatrava en su petición de aclaración/integración de determinadas cuestiones, han sido ya todas ellas debidamente tratadas y valoradas en la resolución".

En la sentencia, agrega el magistrado, se especificaba las razones por las que el contenido de la página www.calatravatelaclava.com pertenecía al campo del derecho fundamental de libertad de expresión y de información, aún cuando critica en general la actuación y la obra del arquitecto.

Así, recuerda que se concretó la intromisión ilegítima al derecho al honor en el título del dominio o denominación de la página, y no de su contenido, y que se obligó a cesar en el uso de la expresión declarada injuriosa 'telaclava'. Sobre el nuevo dominio, señala que "en todo caso no es objeto de enjuiciamiento en estos momentos".

El portavoz adjunto de EUPV, Ignacio Blanco, ha criticado el "intento" de Calatrava de cerrar la nueva web, y ha agregado: "quería cambiar el fallo porque no ha conseguido su objetivo de silenciar nuestras denuncias sobre sus contratos públicos y sobrecostes millonarios".

Así mismo, Blanco ha anunciado que su partido ya ha presentado un recurso de apelación contra la sentencia de instancia que "ni le gusta a Calatrava ni nos gusta a nosotros, porque entendemos que en el título no hay ninguna intromisión en su derecho al honor sino un ejercicio legítimo del derecho a la información y a la libertad de expresión: a fin de cuentas, con sus pifias y sobrecostes nos ha estado clavando a todos los valencianos durante 20 años", ha dicho.