El Síndic de Greuges ha sugerido a la Conselleria de Sanidad que, en futuras convocatorias de sus bolsas de trabajo, se reconozca como mérito los servicios prestados en instituciones sociosanitarias, públicas o privadas, siempre que las titulaciones, categorías, funciones y competencias sean similares a las del personal que presta sus servicios en instituciones exclusivamente públicas.

Esta recomendación se produce tras la queja presentada por una ATS a la que Sanidad no le computó en la baremación para la bolsa al trabajo los 36 meses que trabajó como enfermera en la Conselleria de Bienestar Social pese a que «las características y funciones desempeñadas por este puesto de trabajo eran equiparables, por no decir prácticamente iguales». «No considerar el tiempo trabajado en otras consellerias solo sucede en la Consellería de Sanidad», protestó. Por ello, considera que la normativa actual de la Bolsa de Trabajo de la Consellería de Sanidad es «contraria a los principios de valoración de capacidad y méritos, así como generadora de discriminación», lo que conllevaría a «posible inconstitucionalidad». Sanidad replicó al respecto que para poder baremar el tiempo trabajado se exige que se preste en una institución que ostente el doble carácter: pública y sanitaria, entendiendo por sanitarias las instituciones catálogo del Sistema Nacional de Salud.