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Caso Valmor

El TSJ tumba el recurso de Camps por Valmor y anima a la juez a citar a Ecclestone

El auto señala que el expresidente, que ejerce su defensa, olvidó pedir la nulidad de actuaciones, «un defecto en la construcción de la pretensión impugnatoria»

El TSJ tumba el recurso de Camps por Valmor y anima a la juez a citar a Ecclestone

La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana acaba de rechazar los recursos del expresidente Francisco Camps, la exconsellera Lola Johnson y el empresario Jorge Martínez Aspar, contra la admisión de la querella del Fiscal Anticorrupción en la que se les acusa de prevaricación y malversación de caudales públicos en la organización de la Fórmula 1.

El auto del TSJ, emitido el pasado viernes, da vía libre a la magistrada Pía Calderón para continuar con las pesquisas del caso Valmor, aunque el procedimiento podría pasar en breve a la justicia ordinaria, cuando Camps pierda su condición de aforado al terminar la legislatura y no repetir en las Corts.

Básicamente, el TSJ viene a decir que no es el momento de cuestionar el fondo del relato, sino que se limita a constatar que la querella está bien construida y que procede porque el relato es verosímil y habrá que comprobar si es cierto.

El auto concluye: «Ocurre que el planteamiento del Ministerio Fiscal, se acomode o no a la realidad sucedida, contiene la descripción de unas actuaciones cuya subsunción en los tipos de prevaricación y malversación de caudales públicos no es ab initio descartable». Y añade: «Ocurre asimismo que la documentación aportada, testimonios y correcciones incluidos, no permiten considerar lo afirmado en la querella como algo inverosímil». Y concluye: «Y ocurre finalmente que los argumentos esgrimidos por los recurrentes no afectan exactamente a los presupuestos jurídicos de su admisibilidad sino que más bien pertenecen al ámbito materia del enjuiciamiento de fondo y no permiten destruir la credibilidad inicial que se precisa para excluir un uso fraudulento de la querella».

Dicho de otro modo, el auto desestimatorio del TSJ apunta que las alegaciones de Camps, Johnson y Aspar serían procedentes en un momento de instrucción más avanzada, mientras que ahora «objetivamente se colocan extramuros de los confines previstos para esta fase inicial del procedimiento». Para el TSJ «concurren las exigencias legales que hacen procedente que una querella sea admitida a trámite».

La Sala no se moja con el contenido de la querella „se limita a decir que es verosímil„ pero señala que los querellados no dan argumentos que pongan en duda su «admisibilidad». De hecho, incluso pone en evidencia que el recurso de Francisco Camps „que ha decidido representarse a sí mismo„ olvida incluir la petición de nulidad de actuaciones. Camps denuncia «en el cuerpo del escrito defectos y errores que a su juicio son causa de la nulidad de pleno derecho» de la querella, pero no lo especifica a la hora de «formular el suplico». Y «ello implica un defecto en la construcción de la pretensión impugnatoria que impide a la sala pronunciarse sobre la nulidad de actuaciones», dice el TSJ. Sucede lo contrario en el recurso de Jorge Martínez Aspar: sí pide la nulidad de actuaciones, pero no lo argumenta en el cuerpo del escrito.

El recurso mejor armado, según parece, era el de la exconsellera Johnson. Su defensa concreta la petición de nulidad por «violación del derecho de defensa y legalidad» e «inobservancia del principio de contradicción». Johnson critica que se investigó a sus espaldas, pero el tribunal desmonta los argumentos.

Además, el recurso de Johnson «alega defectos en la documentación» que aporta el fiscal, bien por su difícil lectura, «bien por el idioma en el que aparecen escritos ciertos contratos», el inglés. El TSJ replica, respecto a la indefensión que achacan a los defectos de traducción en la declaración de Ecclestone, que «los errores apuntados han de entenderse subsanados por la traducción que aportó la propia Fiscalía y que se incorporó inmediatamente a as actuaciones». Y sugiere a la juez: «Naturalmente, ello no debe impedir, al contrario, que el órgano instructor pueda valorar la procedencia de acordar su declaración judicial y la de aquellos testigos que han dado soporte a la acción penal ejercitada por el Ministerio fiscal, concretamente y entre otros los citados [Natalia] Meneu, [Adrián] Campos, [Luis] Lobón, [Eusebio] Monzó, [Nicolás] Figueras, [Belén] Reyero y [Fernando] Roig», que asistieron a reuniones o firmas de contratos.

Por otro lado, el auto del TSJ sostiene que los querellados no pueden alegar indefensión por el hecho de que algunos contratos estén en inglés, ya que «en sus propios escritos se argumenta extensamente sobre su contenido, se llega a reconocer la participación en reuniones y, tratándose de Johnson, obra su firma» en uno de ellos.

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